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  • telegramas relacion encubierta como monotributista

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #454867  por petitium
 
Hola a todos, tengo dudas sobre como redactar los telegramas de reclamos laborales cuado el empleado facturaba por exigencia del empleador. Yo no haria mencion en el telegrama de las facturas intimo regularice situacion laboral y luego sera un tema a tratar en el juicio si es que no hay arreglo. les parece bien? o ponen algo al respecto en el primer telegrama de reclamo aclare situacion laboral?
muchas gracias a todos
 #454909  por GU
 
Asumiendo que efectivamente hablemos de una relacion en dependencia, intima a registrar en los terminos de la 24013, Art. 8, como una relacion totalmente en negro. No es obligatorio que hagas mencion al tipo de registracion fraudulenta, es un tema de estrategia.

Podes hacerlo, y conjuntamente con la intimacion a registrar, requerir el pago de la inscripcion y periodos abonados por el monotributo, o bien no decir nada y que el empleador mismo desconozca la relacion laboral, y argumente que lo de tu cliente es una locacion de servicios. Reconocidas las prestaciones, queda probar la dependencia laboral en todos sus aspectos.

Aclare situacion laboral si no hay negativa de tareas, yo no lo pondria. Cuando metes la 24013, yo soy partidario de dejar bien en claro que el eventual despido indirecto obedece exclusivamente a la 24013, por eso prefiero no poner nada (si suelo hacer retencion de tareas hasta que se expidan).

Salutes!
 #455252  por alejandra01
 
[quote="GU"]
Aclare situacion laboral si no hay negativa de tareas, yo no lo pondria. Cuando metes la 24013, yo soy partidario de dejar bien en claro que el eventual despido indirecto obedece exclusivamente a la 24013, por eso prefiero no poner nada (si suelo hacer retencion de tareas hasta que se expidan).

Gu. yo acabo de redactar uno donde supuestamente despidieron a mi cliente, pero éste no recibió el telegrama. Por estrategia, envié un tcl reclamando blanqueo de parte abonada en negro y como no lo dejan trabajar la frase "ante negativa de continuidad en mis tareas corrientes aclare situación laboral bajo apercibimiento...".
Vos decís que podría el trabajador ponerse en situación de no ir a trabajar hasta que le contesten???. no induce a querer negarse a trabajar solo?..va, no influye en la configuración del despido indirecto??..
 #455489  por petitium
 
MUCHAS GRACIAS POR LA RESPUESTA - ME SIRVIO MUCHO
NO ENTIENDO EN EL ULTIMO PARRAFO LO DE NO PONER NADA, NO SE A QUE TE REFERIS SI A LA NEGATIVA DE TRABAJO O A QUE FACTURABA. ESTA ES LA FRASE QUE NO ENTIENDO:
Aclare situacion laboral si no hay negativa de tareas, yo no lo pondria. Cuando metes la 24013, yo soy partidario de dejar bien en claro que el eventual despido indirecto obedece exclusivamente a la 24013, por eso prefiero no poner nada (si suelo hacer retencion de tareas hasta que se expidan).
 #455586  por GU
 
Alejandra01: El trabajador que intima por la 24013 puede hacer retencion de tareas hasta tanto la intimada se expida respecto al requerimiento, o bien directamente lo inscriba. El fundamento es el mismo que habilita el despido indirecto y no influye sobre este. Fuera de lo juridico, pensa que para el trabajador es una situacion bastante incomoda el tener que intimar a la registracion.

Tiene otra explicacion mas: Si la relacion es en negro, ante la ausencia del trabajador, la intimacion a retomar tareas bajo apercibimiento de abandono implica un reconocimiento del empleador de la relacion laboral. Y como el abandono no se configura hasta que sea intimado el trabajador, no genera mayores consecuencias.

Petitium: Lo que quise decir (y quizas el whisky hizo que fuera poco claro) es que YO no pondria la parte que vos decis respecto a aclarar situacion laboral. Con la intimacion de la 24013 es suficiente. Respecto a hacer mencion o no al monotributo, es un tema de estrategia juridica (no es necesario pero se puede hacer).

Salutes!
 #456924  por alejandra01
 
gracias por la aclaración. Lo voy a tener en cuenta cuando mi empleado está en blanco y no quiere ir a trabajar...
un beso..
y ojo con la bebida eh!!!. :lol: :lol:
GU escribió:Alejandra01: El trabajador que intima por la 24013 puede hacer retencion de tareas hasta tanto la intimada se expida respecto al requerimiento, o bien directamente lo inscriba. El fundamento es el mismo que habilita el despido indirecto y no influye sobre este. Fuera de lo juridico, pensa que para el trabajador es una situacion bastante incomoda el tener que intimar a la registracion.

Tiene otra explicacion mas: Si la relacion es en negro, ante la ausencia del trabajador, la intimacion a retomar tareas bajo apercibimiento de abandono implica un reconocimiento del empleador de la relacion laboral. Y como el abandono no se configura hasta que sea intimado el trabajador, no genera mayores consecuencias.

Petitium: Lo que quise decir (y quizas el whisky hizo que fuera poco claro) es que YO no pondria la parte que vos decis respecto a aclarar situacion laboral. Con la intimacion de la 24013 es suficiente. Respecto a hacer mencion o no al monotributo, es un tema de estrategia juridica (no es necesario pero se puede hacer).

Salutes!
 #456951  por JoMarch
 
COINCIDO CON EL POST DE GU SOBRE EL TELEGRAMA

LO QUE TENES QUE HACER INCAPIE EN EVENTUAL DEMANDA ES LA SUBORDINACION TECNICA Y ECONOMICA. LA PUESTA A DISPOSICION DE LA FUERZA DE TRABAJO.
Y AUNQEU FACTURARA A OTRAS PERSONAS, SI LA PARTE SUSTANCIAL ES FACTURADA A ESA PERSONA IGUAL APLICA LA RELACION DE DEPENDENCIA.
 #457258  por lawyer07
 
Gu, buenas tardes, he realizado varios telegramas por trabajo no registrado y nunca indiqué lo de retener tareas, me podrías decir en que artículo se funda ? el texto sería mas o menos así, Comunico asimismo que en virtud de lo dispuesto por el art..... retengo tareas hasta tanto se proceda a la registración?
Si no entendí mal esto le permite al trabajador no ir a trabajar hasta que se lo registre??
Saludos !!

"...Algunos se casan por Iglesia.....otros por Estúpidos...."
 #461402  por CharlyRC
 
Yo simplemento pongo en el telegrama "Reservo prestación de tareas hasta total cumplimiento de mis pretensiones".
Pensá que una vez que le llegó el telegrama al empleador, lo mas probable es que la relación laboral ya esté extinguida o se extinga en ese momento.
Como bien explicó Gu, si la relación está en negro, no lo van a intimar a retomar las tareas porque estarían reconociendo la existencia de la relación. A menos que lo quieran inscribir, cosa que nunca me ha sucedido.