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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #461674  por analiaTorres
 
Estimados Colegas..
Mi cliente autorizo la retencion directa de la cuota alimentaria de su hijo...
en los ultimos meses.. el Sr. noto que le descontaban mas que antes.. trabajando las mismas horas y con el mismo sueldo..
Ahora mirando el recibo veo que el sr. tiene dos columnas... en una esta lo que Percibe y dice entre parentesis (sujeto a descuentos) en esta columna esta el basico, horas extras, antiguedad, presentismo..
En la otra columna "Haberes exentos de descuentos", donde le pagan las asignaciones familiares y un plus.. en concepto de viaticos ( este plus fue obtenido por medio del sindicato)
Mirando los recibos.. me doy cuenta que ultimamente la persona que le realiza la liquidacion incluye este plus para retener el 20% de alimentos... cosa que antes no hacia..
Se le puede mandar una carta documento?
Usando el sentido comun.. si dice haberes exentos de descuentos... tambien estaria exento del descuento de la cuota alimentaria.. como las asignaciones familiares... es asi?? o mi sentido comun me esta fallando? GRACIAS
 #461801  por diegogvillamayor
 
cuando hacen el descuento se toma el bruto menos la obra social y la jubilacion. Obvio las asignaciones familiares no se toman en cuenta para sacar el % , ya que van por completo al hijo.
NAda mas del resto de las cosas en cuestiones de alimentos se debe descontar.
 #461924  por analiaTorres
 
Sabes cual es mi duda Diego.. que ese monto se encuentra en la columna de "HABERES EXENTOS DE DESCUENTOS"... es una forma de aumento de sueldo en negro.. ya que no tiene el descuento de las cargas sociales... entonces.. si ese dinero esta exento... deberia ser para cualquier tipo de descuento.... por eso dice exento...!!!
Voy a buscar el decreto por el cual el sindicato establecio ese plus en concepto de viaticos.. y porque consideran que tiene que estar exento... y te comento.. Gracias..
 #461985  por diegogvillamayor
 
hola, ese aumento de sueldo que vos hablas va dentro de lo que deben de pasar por cuota alimentaria, lo que idga el sindicato no importa.
la jurisprudencia y la doctrina son claros, es todo ingreso menos obra social, aportes jubilatorios y el salario que va entero para el hijo.

saludos