Quería preguntar si puede ir por web o va por turno común una jubilación de una señora que recién tiene 60 años y quiere pagar de contado los periodos que le faltan? Creo que puede ir por web pero estoy confundido.
esteban_cata escribió:Quería preguntar si puede ir por web o va por turno común una jubilación de una señora que recién tiene 60 años y quiere pagar de contado los periodos que le faltan? Creo que puede ir por web pero estoy confundido.Por lo que tengo entendido la única posibilidad que existe es presentar por TURNO. Cuando ingresas a la autopista de ss, sección JAA; podés ver claramente un mensaje donde te dice que solo puede ser enviado si se ha cancelado al 09/1993 o bien si se ha aplicado la 25321. Reitero, No es por la web. Lo unico que vas a lograr es un codigo 43(error) y vas a tenes que presentar nuevamente en expte. Suerte