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  • CEDULA DE NOTIFICACION, DUDAS!!

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #461004  por CintiaSU
 
HOLA FORISTAS, SALIO UN PROVEIDO PARA QUE DENTRO DE LOS CINCO DIAS DE NOTIFICADOS VAYAN A CERTIFICAR FIRMAS. MIS DUDAS SON LAS SIGUIENTES, YO VOY POR LA ACTORA, ES DECIR POR QUIEN PIDIO LA HOMOLOGACION DEL CONVENIO, DEBO HACER YO LAS CEDULAS?, LAS DILIGENCIO YO O EL JUZGADO?
 #461024  por alejandra01
 
Seguramente lo hará el juzgado. pero deberías consultar para no quedarte dormida y quede el expediente en suspenso. No te olvides que cada juzgado tiene su modalidad de trabajo. Algunas lo hacen ellos, en otros los tenés que hacer vos...pero si no preguntás...
saludos
 #461189  por PLATERO
 
¿Qué debo hacer si el juzgado no dicta el auto que ordena la notificación de la demanda?

Desde ya gracias por la ayuda
 #461217  por Mariaola
 
Coincido, consultá en el juzgado, algunos juzgados lo hacen ellos y otros, el letrado... sos la interesada de que la notificación ocurra, verdad?
 #461465  por sole10
 
PLATERO escribió:¿Qué debo hacer si el juzgado no dicta el auto que ordena la notificación de la demanda?

Desde ya gracias por la ayuda
Tenes que reiterar el pedido.
 #461597  por Claudialo
 
En donde yo litigo, ante una presentación de homologación, se cita a las partes a que ratifiquen las firmas insertas en el convenio. Previamente en el convenio -en una clausula-, las partes acuerdan que habienodo sido debidamente notificadas de la audiencia ratificatoria, en caso de incomparecencia de las partes, se tenga por ratificada las firmas insertas en el convenio. lUego en el escrito de iniciación, pones ello como parte del petitorio. Con tu cliente no haces cedula -por lo general-, le avisas personalmente que, tal día tiene que ir, con la otra parte celebrante del acuerdo, si. Haces la cedula, la dejas a confronte como toda cedula conforme corresponda el domicilio de quien vas a notificar.-Luego pedís " que habienod sido ratificado las firmas , o que ante la incomparecencia tenga por ratificads las firmas...-previa vista al asesor fiscal- dicte V.S sentencia homologando en todas sus partes el acuerdo respectivo.Saludos.-
 #462769  por CintiaSU
 
OTRA DUDA MAS, PERDONEN SI ES UNA PAVADA PERO SON MIS PRIMEROS CASOS. EL JUICIO ESTA RADICADO EN QUILMES Y LA PARTE A LA QUE DEBO NOTIFICAR ES DE FLORENCIO VARELA (DENTRO DE LA JURISDICCION), LO DILIGENCIA EL JUZGADO O DEBO PASARLO A UNA OFICINA DE NOTIFICACIONES O LO PUEDO DILIGENCIAR YO?
 #462856  por Claudialo
 
Si no hay oficina de mandamiento y notificaciones en Florencio Varela, tenés que notificar la cedula por intermedio del Juzgado de Quilmes, es decir la dejas allí. Si hay oficina de mandamiento y notificaciones en F.V. la dejas a confornte en el Juzgado de origen -Quilmes- y luego la retiras y llevas a la oficina de mandamienots y notificaciones de F.V. El modelo de cedula es Civil y Comercial o tramita en Juzgado de familia??
 #462890  por alejandra01
 
Cintia. entrá en la página del poder judicial de la Pcia de Bs. As. y buscá los modelos de cédulas nuevos que necesites...
CintiaSU escribió:GRACIAS POR LAS RESPUESTAS. ALGUIEN TIENE UN MODELO DE CEDULA PARA PASARME?