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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #463503  por PAUDOMINGUEZ
 
Hola como están les cuento que estoy nerviosa porque tengo mi primer audiencia de vista de causa en provincia por aumento de cuota de alimentos, represento a la parte actora, les pido me ayuden con mis dudas y me digan si aparte de lo que les pregunto debo tener en cuenta algún tema más para ese momento. Leí el código, los posts sobre el tema y es así como saque en claro se desarrollara la AVC por favor ayúdenme diciéndome si está bien:

1. Entramos a la sala la parte actora se ubicara a la derecha como entramos (frente al tribunal del lado izquierdo).
2. Se dará lectura de las actuaciones probatorias practicadas, acá se leerá toda mi prueba que es informativa a anses, registro propiedad inmueble, bancos resúmenes de tarjetas de crédito y movimiento de cuentas debito, salvo que las partes prescindan de ello, es largo y mucho numero ustedes me aconsejan que desista de que se lea???
3. Se absolverá posiciones, el pliego lo presento media hora antes con escrito diciendo pliego a tenor del cual absolverá posiciones el demandado, primero se le preguntara al demandado y luego al actor, las preguntas las realiza el juez, luego se pregunta a los abogados si quieren preguntar y de ser así se debe decir por ej. a la posición 3 repregunto.
4. Luego entran los testigos de a uno los interroga el juez y luego los abogados pueden preguntarle libremente acá al preguntar debo también hacerlo con la fórmula para que jure como que es cierto que … o no se debe seguir ninguna fórmula??? Las preguntas que haga solo pueden ser sobre lo que contesto con anterioridad es así ???? Les comento que yo no me reserve el derecho de interrogar a los testigos del demandado pero igual en familia puedo preguntarles es así????
5. Por último si no se llego a arreglo vienen los alegatos que serán en 20 minutos deberá ser en forma oral, les pregunto debo utilizar alguna formalidad especial para mi alegato o puedo por ejemplo decir Excelentísimo tribunal con las pruebas ofrecidas a fs. tanto doy por probado que el alimentante puede pagar una cuota superior a la que viene dando y por lo tanto solicito condene al demandado a abonar una cuota equivalente al 30% de sus ingresos más el salario familiar si lo percibe (creo que lo cobra el quiero pedir que realice el trámite para que lo cobre mi clienta está bien pedirlo???), asimismo solicito se retenga dicha cuota directamente de su sueldo y se deposite en una cuenta bancaria (esta cuenta puede ser en cualquier banco provincia o debe ser en el tribunales a nombre de autos???), aumento de cuota retroactiva al momento de interponer la demanda (esto se pide o ya se da por entendido que es así), se condene al demandado a pagar las costas del juicio.

Está bien esta rutina o me falto algo, con respecto a cómo debo dirigirme al tribunal la formalidad es excelentísimo tribunal, y si me refiero a solo un juez su señoría está bien o se estila otra cosa????

Bueno gracias por ayudarme espero hacer las cosas bien jajajaja.
Saludos.
 #463609  por kantaclaro
 
A no desesperar Pau!!!. Es como decís, respecto a la lectura de la prueba informativa será facultad del Trib. su lectura (vos no desistas de ello pues te servirá para el alegato). Las posiciones (formuladas en el pliego) sólo podrás hacerlas válidas si el ddo no se presenta (recordá pedirlo y que se la tengan por fictas si es así), caso contrario el interrogatorio será libre por parte de los jueces, pudiendo vos pedirle se le pregunte. Igualmente los testigos serán interrogados libremente (sin necesidad de "fórmula especial", ya que al inicio los jueces se la harán saber). El arreglo tratará el Trib. lo alcancen previo (o para no tomar) la audiencia; y no hacen falta formalidades que no excedan Sres. Jueces o "me dirijo al Tribunal ...". Si alcanzás un acuerdo podés hacer que la cuota la entregue en mano contra recibo, la deposite en una cuenta de tu clienta o en una abierta a nombre del Trib. y que haga mención a los autos; la retroactividad del aumento lo será a la interposición de las acciones (no hace falta pedirlo) y las costas podrán acordarlas por su orden o (seguramente) serán a cargo del ddo. si el Trib. sentencia. Finalmente, y aunque sea tu primer AVC, andá convencida que los jueces son tan abogados como vos y tené confianza en tu propia capacidad. Suerte y saludos