LES COMENTO UN CASO PARA QUE ME ORIENTEN YA QUE NUNCA LO TUVE.
TRABAJADOR ENVIA TELEGRAMA INTIMANDO LE PAGUEN SUMAS QUE LE DESCONTABAN DEL RECIBO COMO ADELANTOS DE SUELDO NUNCA COBRADOS BAJO APERCIBIMIENTO DE CONSIDERARSE DESPEDIDO. ESTE TELEGRAMA LA EMPRESA LO RECIBE.
COMO NO LE PAGARON ENVIA TELEGRAMA CONSIDERANDOSE DESPEDIDA. Y ESE DIA QUE LO ENVIO YA NO FUE A TRABAJAR. ESTE TELEGRAMA LA EMPRESA NO LO RECIBE NI VA A BUSCAR LOS AVISOS DEJADOS.
RECIBE LUEGO EL TRABAJADOR TELEGRAMA PARA QUE SE REINCORPORE DADAS LAS AUSENCIAS CASO CONTRARIO SE CONSIDERARA ABANDONO DE TRABAJO Y DARA POR RESCINDIDO EL CONTRATO DE TRABAJO. ESTE TELEGRAMA ES REMITIDO DE LA MISMA DIRECCION A LA CUAL EL TRABAJADOR LE REMITIO TELEGRAMA ANTERIOR (ES DECIR LA DIRECCION ESTA CORRECTA)
A ESTE TELEGRAMA EL TRABAJADOR CONSTESTA RATIFICANDO LOS TERMINOS DE SU ANTERIOR TCL Y SE LO TRANSCRIBIO. TAMPOCO LO RECIBEN!!!!!!!!!!!
AHORA ME AVISA EL TRABAJADOR QUE ACABA DE RECIBIR TELEGRAMA DE LA EMPRESA, SEGURO QUE LO CONSIDERAN DESPEDIDO!!!!
TENGO ENTENDIDO QUE SI LA EMPRESA NO VA A BUSCAR LA CORRESPONDENCIA DEJANDOLE EL AVISO, ESTA NOTIFICADA IGUAL Y EL TELEGRAMA EN EL CUAL EL TRABAJADOR SE CONSIDERO EN SITUACION DE DESPIDO INDIRECTO SERIA PLENAMENTE VALIDO?
ALGUIEN TIENE ALGUNA EXPERIENCIA CON ESTO COMO PARA COMPARTIR CONMIGO?
AL CONTESTAR ESTA ULTIMA CD REMITIDA (QUE SEGURAMENTE ES UN DESPIDO CON CAUSA) RATIFICO LO ANTERIO, HAGO MENCION A LA VALIDEZ DE LOS TCL ANTERIORES?
ALGUN DATO DE JURISPRUDENCIA O DOCTRINA PARA IR A MIRAR SOBRE EL TEMA?
LES AGRADECERÍA MUCHO VUESTROS COMENTARIOS?
TRABAJADOR ENVIA TELEGRAMA INTIMANDO LE PAGUEN SUMAS QUE LE DESCONTABAN DEL RECIBO COMO ADELANTOS DE SUELDO NUNCA COBRADOS BAJO APERCIBIMIENTO DE CONSIDERARSE DESPEDIDO. ESTE TELEGRAMA LA EMPRESA LO RECIBE.
COMO NO LE PAGARON ENVIA TELEGRAMA CONSIDERANDOSE DESPEDIDA. Y ESE DIA QUE LO ENVIO YA NO FUE A TRABAJAR. ESTE TELEGRAMA LA EMPRESA NO LO RECIBE NI VA A BUSCAR LOS AVISOS DEJADOS.
RECIBE LUEGO EL TRABAJADOR TELEGRAMA PARA QUE SE REINCORPORE DADAS LAS AUSENCIAS CASO CONTRARIO SE CONSIDERARA ABANDONO DE TRABAJO Y DARA POR RESCINDIDO EL CONTRATO DE TRABAJO. ESTE TELEGRAMA ES REMITIDO DE LA MISMA DIRECCION A LA CUAL EL TRABAJADOR LE REMITIO TELEGRAMA ANTERIOR (ES DECIR LA DIRECCION ESTA CORRECTA)
A ESTE TELEGRAMA EL TRABAJADOR CONSTESTA RATIFICANDO LOS TERMINOS DE SU ANTERIOR TCL Y SE LO TRANSCRIBIO. TAMPOCO LO RECIBEN!!!!!!!!!!!
AHORA ME AVISA EL TRABAJADOR QUE ACABA DE RECIBIR TELEGRAMA DE LA EMPRESA, SEGURO QUE LO CONSIDERAN DESPEDIDO!!!!
TENGO ENTENDIDO QUE SI LA EMPRESA NO VA A BUSCAR LA CORRESPONDENCIA DEJANDOLE EL AVISO, ESTA NOTIFICADA IGUAL Y EL TELEGRAMA EN EL CUAL EL TRABAJADOR SE CONSIDERO EN SITUACION DE DESPIDO INDIRECTO SERIA PLENAMENTE VALIDO?
ALGUIEN TIENE ALGUNA EXPERIENCIA CON ESTO COMO PARA COMPARTIR CONMIGO?
AL CONTESTAR ESTA ULTIMA CD REMITIDA (QUE SEGURAMENTE ES UN DESPIDO CON CAUSA) RATIFICO LO ANTERIO, HAGO MENCION A LA VALIDEZ DE LOS TCL ANTERIORES?
ALGUN DATO DE JURISPRUDENCIA O DOCTRINA PARA IR A MIRAR SOBRE EL TEMA?
LES AGRADECERÍA MUCHO VUESTROS COMENTARIOS?