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  • TELEGRAMA DE DESPIDO INDIRECTO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #464001  por natalia982
 
hola chicos:....
una pregunta...
si mande este telegrama..:INTIMO PLAZO 30 DIAS DE RECIBIDA LA PRESENTE PROCEDA A REGULARIZAR LA SITUACION DE EMPLEO NO REGISTRADA. A TAL FIN DENUNCIO COMO MI REAL FECHA DE INGRESO ..... EN ......., REALIZANDO TAREAS DE MOZO, COCINERO, SEGURIDAD, LIMPIEZA Y ENCARGADO; DE MARTES A DOMINGO, CUMPLIENDO UN HORARIO DE 10:30 HS A 15:30 HS Y DE 18:30 HS A 23:30 HS, PERCIBINEDO UNA REMUNERACION MENSUAL DE PESOS DOS MIL ($2000).EN ESTE SENTIDO DEBERA CONTESTAR DENTRO DE LAS 48 HS DE RECIBIDA LA PRESENTE SI PROCEDERA A REGULARIZAR O NO LA SITUACION IRREGULAR DESCRIPTA. TODO ELLO BAJO APERCIBIMIENTO DE LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 8 Y 15 DE LA LEY 24013 Y ARTICULO 47 DE LA LEY 25345 Y DE CONSIDERARME GRAVEMENTE INJURIADO Y DESPEDIDO POR SU EXCLUSIVA CULPA, LEYES 20744; 24013;25013; 25323; 25345 y CONCORDANTES.QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO”.

espero 48 horas para darme por despedido ..no??????
 #464461  por GU
 
Yo esperaria en este caso el plazo de 30 dias.

El plazo de 48 horas no existe. El plazo con el que te confundis es el del Art. 57 de la LCT que habla de dos dias habiles.

Salutes!
 #464521  por Pilusa
 
Si te contestan negando la relación (lo mas probable) hay jurisprudencia que entiende que no es neceario esperar el plazo de 30 días. No obstante, para evitar problemas futuros, yo esperaría y luego que se conseidere despedido/a. Igual, esperá mas opiniones.
Suerte
 #464526  por laucba21
 
Foro: yo lo que hago es en los telegramas intimo a que en el plazo de 48 horas inicien los tràmites de regularizaciòn, si vencido ese plazo no lo regularizan mando otro dandolo por despedido. Lo hago asì y no tuve problemas hasta el dìa de hoy. porque cumplo con el plazo de los 30 dìas, pero intimo a que en 2 dìas inicien el tràmite ante la AFIP.
 #464537  por GU
 
NO EXISTE PLAZO DE 48 HS. EL PLAZO ES DE DOS DIAS HABILES Y ES ANTE LA FALTA DE RESPUESTA LA PRESUNCION ESTABLECIDA POR EL ART. 57.

Por supuesto que si niegan la relacion laboral, no hay que esperar el plazo, porque la negativa a reconocerla constituye la injuria que habilita el despido indirecto. Sino hay respuesta, y no se pone bien lo dispuesto por el Art. 57, hay que esperar los 30 dias.

Laucba21: te aconsejo que no hagas mas eso. Si te llegan a registrar la relacion despues de las 48 horas a las que vos intimas (insisto, 48 horas esta mal) y antes de los 30 dias, el despido indirecto es improcedente.

Salutes!
 #464585  por elnegociador
 
:lol: TRANQUI ESPERA LOS 2 DIAS HABILES, ESPERA LOS 30 DIAS PARA LA REGISTRACION DEL EMPLEADOR (NUNCA APRESURARSE A ROMPER EL VINCULO LABORAL)TE ARRIESGAS A PERDER LA LNE OJO :twisted:
 #464679  por GU
 
Exacto para que apurarse? Mientras se devenga la remuneracion del mes en curso, y la integracion del siguiente. En muchos casos, esto puede incrementar la antiguedad.

Salutes!
 #464763  por DAL
 
laucba21 escribió: Lo hago asì y no tuve problemas hasta el dìa de hoy.
Al día de hoy, cuantas sentencias favorables acogiendo la 24013 en casos donde el empleado se haya considerado despedido 48 hs despeus de la intimación tenes??? :D

GU, vamos a hacer un panfleto para pegar a la entrada del foro:

LAS 48 HS. NO EXISTEN.
:lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol:
 #465201  por natalia982
 
Gracias chicos!!!
ese telegrama lo saque de un modleo de telegramas....pregunto lo de los 30 dias para no conestra un telegrama extemporaneo...o sea si no contestan espero 30 dias'???
otra pregunta: mande uno para regulzarizar la sitcuacion y vino rechazado....ahoar pensaba mandarlo nuevamente....si vuelve rechazado...que hago????? gracias....
gracias Dal...Feliz cumple atrasado...el otro dia me entere por Klaudia de tu cumple....besos
 #465263  por GU
 
Si el TCL viene rechazado (por no recibirlo el empleador) y este es el domicilio correcto, se entiende que el destinatario esta notificado de su contenido.

Es bueno mandar un nuevo TCL cuando se rechaza el primero, aunque no es necesario. Funciona luego como una prueba de buena voluntad, y de la intencion del trabajador de conservar el vinculo laboral.

Si vuelven a rechazarlo, envias luego el TCL en que se considera despedido. Sino queres esperar los 30 dias, asegurate de incorporar al TCL algo como: De conformidad con lo dispuesto por el Art. 57 de la LCT, la falta de respuesta a la presente intimacion en el plazo de dos dias habiles, sera interpretada como una negativa a registrar la relacion que nos vincula... o como mas te guste.

Salutes!

Pd: Si ven un psicopata en Capital, que en la espalda del traje tiene un parche que dice "48 HS NO ESISTIS!", saludenme. Soy yo! Si es en Rosario, y en un traje femenino, es DAL (dejo de lado el concepto de psicopata aqui).
 #465302  por natalia982
 
JEJEJEJJEE ME HICISTE REIR!!!!
GRACIAS POR CONTESTAR RAPIDO!!!
BUENO..PERO SI DEPSUES DLE SEGUNDO RECHAZO ME PUEDO DAR POR DESPEDIDO EN 48 HS SI EXISTE!!! JEJEJEJJE
 #465695  por MORGAN
 
Cuando se intima por una relación clandestina no se pide que se lo regularice sino que se lo registre, porque regularizar es enderezar una situación que está registrada pero en forma deficiente.
 #465757  por DAL
 
natalia982 escribió: gracias Dal...Feliz cumple atrasado...el otro dia me entere por Klaudia de tu cumple....besos

Gracias!
GU escribió: Pd: Si ven un psicopata en Capital, que en la espalda del traje tiene un parche que dice "48 HS NO ESISTIS!", saludenme. Soy yo! Si es en Rosario, y en un traje femenino, es DAL (dejo de lado el concepto de psicopata aqui).

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