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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #460049  por markello
 
por eso digo que aqui en capital te podes encontrar con cualquier cosa y desafortunadamente hay colegas que le pusieron audiencias del 360, es mas, creo que dicen que le rechazan la cautelar hasta la audiencia del 360.

¿porque de la audiencia?, ni idea, no se que tomo el juez esa mañana, pero escuche a varios colegas victimas del rechazo, ya encontrare el auto y oportunamente lo colgare.

aqui en capital esta todo muy desorganizado y esto es lo que tenemos que vivir a diario.
 #460314  por andrea1982
 
dool escribió:en todo el país!!!!
Dool, no te preocupes, es como vos entendiste, la audiencia del 360 que vos entendiste se refiere al ppal (aunque tampoco en el ppal tendrían que hacerla), es imposible que un juez sea tan ignorante como para referirse a la audiencia del 360 en una cautelar.
No tiene absolutamente ningun sentido que sea de la cautelar, primero, porque NO EXISTE audiencia del 360 en la cautelar, segundo, porque el juez, si fuese tan bestia de poner la audiencia en la cautelar, sería más bruto todavía en responderte que va a resolver después de la audiencia... porque... para qué haría esa aclaración?
Es lógico, se refiere, como vos bien entendiste, a la audiencia del ppal.
 #460681  por noelin
 
HE PLANTEADO REPOSICION DEL DECRETO SOBRE LA CAUTELAR DE CAPA, ESTOY A LA ESPERA DE Q SE RESUELVA, TAMBIEN APELACION EN SUBSIDIO, Y Q ME TOQUE LA SALA II!!!
 #460840  por markello
 
aca es cierto, NO ENTIENDO PORQUE DIABLOS PONEN ESA AUDIENCIA (al menos por lo que leo por alli), no tiene pie ni cabeza ni en la cautelar ni en el reajuste.
la audiencia es improcendente en cualquiera de las 2 acciones. ojala recuerde el post donde rechazaban la cautelar hasta audiencia del 360 en febrero.

si a algun juez se le ocurre dar este tipo de audiencia en cualquiera de las acciones, ya tienen la respuesta de un juez federal del juzgado 7.

slds
 #462602  por dool
 
noticia: vieron que la Sala I rechazó la cautelar? si quieren les subo el nombre del fallo.- fundamento: se confunden las pretensiones!!!
 #462605  por dool
 
“Diaco, José María c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, ese es el nombre del fallo
 #462663  por markello
 
si, recien lo veo en infobae y bueno, la paciencia es lo mas aconsejable.

ya tenemos el 1 que no, el 2 que si, el 3 no sabemos (aunque se ha escuchado que iban a decir que no)

resta la Corte.

slds
 #464702  por cinti2
 
Hola, hasta ahora me rechazaron las cautelares que presenté en el 1, 2, 5 y 7. En todas interpuse recurso de reposición con apelación en subsidio, hasta ahora el único que resolvieron es el del 5, en el cual me concedieron la apelación con efecto diferido! Así que ahora tengo que interponer un recurso de queja, jaja
 #464754  por dool
 
cinti... te parece demorar taaaaaaaaanto el expediente? mirá, ayer tuvimos unas jornadas acá en santa fe y estuvo la dra. rodriguez romero (que es de capital) exponiendo, entre otras cosas, los fallos ellif, capa y el último que salió que es Diaco.-
ella recomendó prudencia al respecto, como sabrás, en la Sala I rechazaron la cautelar por confundirse con el objeto, en la Sala II el voto discidente de la dra. dorado alude entre otras cosas a la falta de prueba (sólo había presentado un recibo de haberes) y aparte también subrayó la importancia de hacer un cálculo de cuánto es en definitiva lo que le van a aumentar (a capa sólo le aplicaron Badaro, del 02/06 y resultó siendo que eran $32 por mes, ya que, al ser ferroviario tenía suplementos por aumentos QUE NO SON PARTE DEL HABER, para calcular sólo tenés que tener en cuenta PBU/PC/PAP, no sé si me explico).- además también hizo alusión al tema de la apelación en la cautelar, que se debe pedir que se forme un incidente y aún así, en muchos juzgados no te lo permiten, o paralizan el principal hasta que se resuelva el incidente.-
todo ésto, teniendo en cuanta que capa, de no haber pedido la cautelar, ya tendría sentencia de primera instancia...
lo que pasó con capa fué que tuvo mucha movida en los medios, que desinformaron o mejor dicho deformaron las cosas.-
entonces te repito, te parece demorar tanto el expediente, sabiendo todo ésto, no teniendo capa sentencia definitiva, no teniendo la opinión de la corte, teniendo a todos (o la mayoría) de los juzgados de primera instancia rechazandolá, vos sabés lo que te va a demorar el exp una vez que lo apeles, y cualquiera sea la Sala q te toque, seguro va a ir hasta la Corte, calculale 2 años y 1/2 con mucho huevo, y si PARA COLMO, la corte te baja el pulgar, sabías que la medida cautelar tiene efecto DEVOLUTIVO, y todavía no sabés si la Corte en definitiva te la va a rechazar o no... y si te la rechaza, tenés la posibilidad CIERTA de que tenga que devolver lo que sea que le hayan aumentado -siempre que hayas tenido la suerte que te caiga en la Sala II-... no te parecen demasiados "y si"??
y todavía el expediente principal sigue ahí, a la espectativa...
no quiero desalentarte -aunque no parezca, ajajaja- pero soy de la opinión que muchas veces en previsional es mejor esperar lo SEGURO -léase, fallos de CSJN, o por lo menos de Cámar con sentencia firme- que arriesgarnos con los "y capáz que sale".-
te mando saludos, y espero no haberte aburrido!!
 #464841  por GAVA
 
cinti2 escribió:Hola, hasta ahora me rechazaron las cautelares que presenté en el 1, 2, 5 y 7. En todas interpuse recurso de reposición con apelación en subsidio, hasta ahora el único que resolvieron es el del 5, en el cual me concedieron la apelación con efecto diferido! Así que ahora tengo que interponer un recurso de queja, jaja

A mi me pasó lo mismo, nosotros antes de la queja -que si o si va por incidente y no afecta al principal- interpusimos revocatoria contra la forma de concesion del recurso. Suerte!
 #474367  por layeya
 
[quote="sassani"]SOY EL ABOGADO DEL CASO CAPA, Y EN REALIDAD VEO QUE HAY MUCHAS DUDAS CON RESPECTO A ESTE TEMA .
1) LA MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA PUEDE SER INTERPUESTA CON EL PROCESO INICIADO HASTA EL LLAMAMIENTO DE AUTOS PARA SENTENCIA.
2) iNCLUSO COMO MEDIDA AUTÓNOMA, SIN INTERPONER LA ACCIÓN PRINCIPAL Y ALLÍ TIENEN 15 DIAS PARA INTERPONER LA ACCIÓN PRINCIPAL.
3) INCLUSO SI NO AGOTARON LA VIA ADMINISTRATIVA (UN POCO DISCUTIDO) Y DEBEN PROBAR LA IMPOSIBILIDAD DE INICIAR LA ACCIÓN HASTA AGOTAR LA VÍA ADMINISTRATIVA.
4) SE DICTA INAUDITRA PARTE, ES DECIR, SIN SUSTANCIACIÓN Y NO HAY RECURSO QUE IMPIDA SU CUMPLIMIENTO UNA VEZ OTORGADA.
5) TRAMITA POR SUMARÍSIMO CON LA MODALIDAD Y LOS PLAZOS PROCESALES DE ESTE PROCESO.

Dr. Sassani, yo también soy de Rosario, y estoy de acuerdo con ud. en cuanto a la viabilidad de la medida, sobre lo que tengo dudas es sobre la conveniencia de interponerla dentro de un proceso ya iniciado, atento a que ello podría generar más demoras en el principal. Suponiendo que la medida sea otorgada, si anses apela y se ordena la remisión del expte a la cámara, esto generaría demoras en obtener una sentencia sobre el fondo.
 #474371  por markello
 
La solucion es abrir el incidente como bien se planteo en el post.
Sigo leyendo al Dr. Herrero, y lejos de disentir con él, COMO DEFIENDE SU POSTURA Y QUE SEGURO ESTA QUE LA CORTE CONFIRMARA LA OPINION DE LA SALA II, ojala asi sea.
Lastima que la Sala I dijo que NO.
Solo falta ver que dice la 3

saludos
 #474451  por noelin
 
A MI ME LA RECHAZARON, YA LO HABIA INFORMADO ANTES, FORMULE REPOSICION. CONFIRMARON Y ME CONCEDIERON APELACION CON EFECTO DEVOLUTIVO , FORME EXP. DE COPIAS PARA ELEVAR A LA CAMARA, AHORA HAGO LA PLANCHA HASTA EL 10/02/2010 EN Q TENGO LA AUDIENCIA DEL 360, A LA Q NADIE VA, PERO AHI NOMAS PIDO SE DECLARE DE PURO DERECHO Y A FALLO!!! OJALA ME TOQUE SALA II EN LA APELACION
 #474453  por markello
 
Si, ojala toque la II, pero veras lo indignante de la situación por la cual pasan muchos de los colegas.

Si la Corte apura este trascendental fallo, tendremos una mejor posición con relación a este tipo de medida.

Es triste ver que con la justicia como tenemos hay que rezar que nos toque tal o cual juzgado y que nos sorten cual o tal sala. La experiencia indica que la justicia no es ni sera univoca.

Ultmamente sucede que aunque ganes en primera instancia siempre tenes que apelar ya que cada una de las sentencias de cada uno de los juzgados no otorgan la totalidad de la petición.

Hoy, como en tu caso, rezo que NO me toquen juzgados como el 3 (que no quiere traer expedientes administrativos POR FALTA DE ESPACIO), o el 7 que aunque tengas todo, siempre piden algo mas, o el 10, creo que los demas estan mas o menos encaminados.

El jueves presente un escrito contra el auto del juzgado 3, la verdad me parece penosa la situación que se prescinda de una prueba SUSTANCIAL como EL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DEL BENEFICIO Y EL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DONDE CONSTA EL RECLAMO ADMINISTRATIVO Y SU RESOLUCION solo por el simple hecho de no tener espacio en el juzgado.

Hay muchas cosas que han mejorado en la justicia, hay que reconocerlos, que aun se pueden solucionar.

Reitero, Ojala que te toque la sala 2, sino tene preparado el recurso extraordinario, porque ya sabemos que dice la 1 y presuponemos lo que dira la 3.

Saludos


POr eso digo, es dificil entender que tenemos que rezar para que nos toque tal o cual juzgado y en el caso de las medidas cautelares, esperar que nos toque la sala 2. Ojala se expida la corte en forma inmediata y solucionar al menos este tipo de problemas.
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