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  • COMISIONES PAGO EN NEGRO

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 #464686  por DoctorJavier
 
Gente: resulta que tengo un caso en el cual voy por la actora, una empleada de peluqueria que hacia tratamientos de estetica, etc. Tenia un sueldo basico + comisiones sobre los tratamientos (distintos porcentajes según el tipo de tratamiento) y las comisiones se las abonaban en negro. Intime por la 24013, denuncie verdadera remuneracion, que la misma se conformaba por básico mas comisiones y las respectivos porcentajes. Fuimos al SECLO y no huvo acuerdo. Estoy preparando la demada y me surge una duda en cuanto a como voy a probar el pago en negro de las comisiones? ya que si bien un testigo pudo haber visto el pago en negro, me resulta dificil que alguien declare que vio los respectivos porcentajes mes a mes que se le abonaban en negro, si alguien puede darme su opinión se los agradeceria.
 #465152  por ricardito21
 
Los pagos en negro tienen esa dificultad probatoria, irremediable. Si tus testigos declaran en forma coherente y concordante de la habitualidad de ese modo de pago de las comisiones y el porcentaje de las mismas, te arrimarías a acreditar el hecho con verosimilitud bastante. Pero el/los testigos deberían ser calificados, esto es por ejemplo, haber sido o ser empleados del lugar y constarles tal circunstancia por haberla experimentado también o porque en el lugar era "vox populi" ese proceder.
 #465171  por Tuiti
 
Más allá del tema de los testigos que ya te respondieron, fijate bien los montos que reclamás por comisiones pagadas en negro. Si mal no recuerdo ( no lo tengo acá ) el convenio que agrupa a los empleados de peluquerías tiene un salario básico y un salario mínimo garantizado. Al básico se le deben sumar las comisiones y si no llegan al mínimo garantizado, es éste último el que cobran ( y ahí tendrías ya incluído un % del monto de las comisiones )con más antigüedad, etc.
Fijate también que el convenio habla de un libro de registro que deben llevar las peluquerías , en el que a diario se debe anotar la producción de cada empleado; en realidad no se usa más ( aunque es un art. no derogado del convenio ), pero en el ánimo de reclamar,yo lo mencionaría.