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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #465412  por VIRGINIA OLIVERA
 
Colegas, quisiera consultarles esto: fallece trabajador por causa no imputable al empleador. Voy a manda TLG intimando se indemnice segun art. 248. Pregunta: el empleado no estaba registrado, puede reclamarse algo mas, o la indeminzacion se limita a lo q indica el 248?
Mi cliente es la concubina, pero tambien hay hijos. ¿Cobra solo ella? Les corresponde algo tb a los hijos, debe dividirse la suma reclamada?
Muchas gcias!
 #465801  por MORGAN
 
Hay una prelación. Si la concubina cumple con los requisitos que exige la ley ella desplaza a los hijos.
También puede reclamar el seguro de vida del Decreto 1567/74.
 #470422  por alejandra01
 
MORGAN escribió:Hay una prelación. Si la concubina cumple con los requisitos que exige la ley ella desplaza a los hijos.
También puede reclamar el seguro de vida del Decreto 1567/74.
:shock: . pero si hay hijos, y una ex esposa con otros hijos...
No vale el caso, (en el supuesto de que no haya contratado seguro el empleador) de que la concubina no es heredera, por tanto solo cobra este seguro si está designada en la póliza y sino, no le correspondería???
dudas y mas dudas. :roll:
 #470929  por Kolmillo
 
La indemnización del art. 248 LCT, le corresponde iure propio a la concubina. Caulquier otro reclamo, lo tendrán que hacer los herederos.
Ahora, yo como empleador y sabiendo la existencia tanto de concubina como de esposa, consigno la suma.
Respecto del seguro, hay que ver previamente el/los beneficiarios. Si no hay designado ninguno, le corresponde a los herederos.
 #471098  por alejandra01
 
gracias colmillo!. Estoy leyendo jurisprudencia y estoy de acuerdo con vos. Lo que todavía me queda en duda, por la diversidad de posturas en los fallos, es el tema de la prueba en la culpabilidad en la separación de la esposa verdadera con el fallecido. Si debe probar la concubina que no tuvo el concubino culpa en la separación...es medio rebuscado ese tema. Y totalmente injusto, porque como probar algo quizás tan viejo que ni ella sabía que existía!. Mi concubina hacía 30 años que estaba con el hombre que falleció, y tiene con él 6 hijos grandes y casados...
Igualmente en la demanda voy a declarar que el señor era soltero, porque así figura en el acta de defunción, y nadie tiene conocimiento de que este señor alguna vez fue casado.
asi no tendré que estar citando ex esposas y ese tipo de cosas...ya que por la cantidad de años creo la esposa legal estaría excluída por la ley para el cobro de esta indemnización.
gracias a todos por participar!. Este es un post de mucha ayuda para mí, y quedará para muchos que como yo, no saben como arrancar cuando les toca un tema como éste :mrgreen: . *abrazo*
 #471145  por alejandra01
 
perdón..era Kolmillo. no?

bueno, les comento que también encontré algún fallo que hizo lugar al pago de la indemnización a la concubina conjuntamente con los hijos del difunto. Es por eso que el tema de como encarar la demanda se vuelve un poco confuso...