Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Alimentos y reg de visita. Actora no quiere negociar

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #465313  por marcelaney
 
Hola a todos.
Los consulto ya que es mi primer caso da alimentos. Represento al alimentante.
Tuvimos la primer audiencia de mediacion en la que parecia que llegariamos a un acuerdo, pero la parte actora esta empecinada en llevar a mi cliente a juicio. La madre de la menor le infotmo al padre la existencia de su hija cuando ya tenia casi 2 años. Mi cliente se realizo la prueba de ADN ( resultado positivo) y desde entonces a visitado casi todos los fines de semana y aportado dimero para su hija ( $ 250 el ultimo mes)
Pretende el % 30 de su sueldo ( mi cliente tiene 27 años y gana $ 1.500 en el trabajo en donde empezo hace una semana y aun esta en negro, vive en la casa de sus padres y aporta en la mantención de ese hogar) La menor tiene 7 años y vive con la madre ( q tambien trabaja) en casa de su abuelo. Se le ofrecio $ 350 y en 2 meses subir a $ 400 ( con posibilidad de ir aumentando la cuota conforme le vayan aumentando el sueldo).

Asimismo quiere que la menor se vaya con el padre todos los fines de semana porqe ella trabaja y solo tiene un franco semanal.
Se le ofrecio que el padre cada 15 dias pase a buscar a su hija el viernes y el lunes la lleva directo al colegio ( mi cliente trabaja de lunes a sabado y necesita cada 15 dias un domingo para descansar, etc, etc) Y tambien pasar una o dos veces en la semana para llevar a su hija a cenar con el.

No hay caso. Ella quiere si o si el % 30 y exige que le exiban el recibo de sueldo ( q al estar en negro aun no tiene) y que se lleve a la nena todos los fines de semana....

¿¿¿que puedo hacer?? ¿¿Espero al Juicio? Tenemos la segunda reunion la proxima semana para acordar o cerrar la mediacion.
 #465338  por mantuleasa
 
marcelaney escribió:Hola a todos.
Los consulto ya que es mi primer caso da alimentos. Represento al alimentante.
Tuvimos la primer audiencia de mediacion en la que parecia que llegariamos a un acuerdo, pero la parte actora esta empecinada en llevar a mi cliente a juicio. La madre de la menor le infotmo al padre la existencia de su hija cuando ya tenia casi 2 años. Mi cliente se realizo la prueba de ADN ( resultado positivo) y desde entonces a visitado casi todos los fines de semana y aportado dimero para su hija ( $ 250 el ultimo mes)
Pretende el % 30 de su sueldo ( mi cliente tiene 27 años y gana $ 1.500 en el trabajo en donde empezo hace una semana y aun esta en negro, vive en la casa de sus padres y aporta en la mantención de ese hogar) La menor tiene 7 años y vive con la madre ( q tambien trabaja) en casa de su abuelo. Se le ofrecio $ 350 y en 2 meses subir a $ 400 ( con posibilidad de ir aumentando la cuota conforme le vayan aumentando el sueldo).

Asimismo quiere que la menor se vaya con el padre todos los fines de semana porqe ella trabaja y solo tiene un franco semanal.
Se le ofrecio que el padre cada 15 dias pase a buscar a su hija el viernes y el lunes la lleva directo al colegio ( mi cliente trabaja de lunes a sabado y necesita cada 15 dias un domingo para descansar, etc, etc) Y tambien pasar una o dos veces en la semana para llevar a su hija a cenar con el.

No hay caso. Ella quiere si o si el % 30 y exige que le exiban el recibo de sueldo ( q al estar en negro aun no tiene) y que se lleve a la nena todos los fines de semana....

¿¿¿que puedo hacer?? ¿¿Espero al Juicio? Tenemos la segunda reunion la proxima semana para acordar o cerrar la mediacion.
si la mediadora que te toco no convence a la actora, que vaya a juicio y demuestre que gana lo que dice que gana...si esta en negro...sono...si esta en blanco.....hayq ver el criterio del Juzgado.30/35%
 #465348  por chiqui79
 
sin perjuicio de que las madres mas de una vez se empecinan con la plata, a mi lo que me asombra del caso es que se tiran al chico y ninguno lo quiere tener. a tu cliente anda diciendole que un hijo no se visita cuando le queda comodo a uno, sino siempre; y ver a una criatura 2 veces por mes (fin de semana por medio) es una verdadera burla. y la manutencion de los padres no es mas importante que la manutencion de su hijo.
Y de la madre ni hablemos que se saca de encima al hijo para poder salir de parranda el finde pero no puede con tanta liberalidad y pretende que le hagan de niñera. Eso si pesito por pesito abonando lo que corresponde de cuota. Si decidio tener un hijo debe hacerse cargo, y si no lo quiso tener y vino por la cigueña tambien.
perdon me enoje pero pienso en quienes queremos ser madres y no tenemos la dicha aún, y esta gente los deja a la buena de Dios y les inserta el signo $ en la cara a las pobres criaturas que andan estilo vagabundo con la mochila de un lado para otro soportando problemas de grandes.
he dicho, perdon si me fui de mambo.
 #465370  por federic0
 
chiqui79 escribió:sin perjuicio de que las madres mas de una vez se empecinan con la plata, a mi lo que me asombra del caso es que se tiran al chico y ninguno lo quiere tener. a tu cliente anda diciendole que un hijo no se visita cuando le queda comodo a uno, sino siempre; y ver a una criatura 2 veces por mes (fin de semana por medio) es una verdadera burla. y la manutencion de los padres no es mas importante que la manutencion de su hijo.
Y de la madre ni hablemos que se saca de encima al hijo para poder salir de parranda el finde pero no puede con tanta liberalidad y pretende que le hagan de niñera. Eso si pesito por pesito abonando lo que corresponde de cuota. Si decidio tener un hijo debe hacerse cargo, y si no lo quiso tener y vino por la cigueña tambien.
perdon me enoje pero pienso en quienes queremos ser madres y no tenemos la dicha aún, y esta gente los deja a la buena de Dios y les inserta el signo $ en la cara a las pobres criaturas que andan estilo vagabundo con la mochila de un lado para otro soportando problemas de grandes.
he dicho, perdon si me fui de mambo.
Comparto... *cafe*
 #465374  por federic0
 
chiqui79 escribió:ahora que lo leo de nuevo estuve un poco fuerte no???? :lol:
a veces se me salta la cadena totalmente, lo reconozco. :D
No dijiste otra cosa que la realidad chiqui... sin remordimientos, es lo que pensamos la mayoría de los que hacemos "Familia" en ambos sentidos
Relax, take it easy...
 #465388  por marcelaney
 
Chiqui, esta todo bien. Yo siento lo mismo que vos pero no se les puede dar una clase de ser padres/ madres. Lo que deberian hacer es comunicarse mejor entre ellos por el bien de la nena....

Igualmente quiero aclarar que mi cliente quiere ver a la hija 2 veces en la semana todas las semana y un finde por medio.... Seria una lastima no llegar a un acuerdo.
A alguien se le ocurre que puedo hacer????
 #465391  por chiqui79
 
yo esto se los digo personalmente a todos, pero se ve que la gente necesita un consejo sincero, porque NUNCA nadie se ofendio y no vino mas, muy por el contrario a los que mas puse en jaque me mandaron un monton de clientes. O sea, en el fondo necesitan el sermón. :D
porque no le inicias vos la determinacion de cuota para ahorrarle los honorarios de la otra parte??? que se jorobe la madre por no acordar a tiempo.
 #467060  por chiqui79
 
en la pagina de la SCBA. aca te paso algunos que tengo yo.

En casos análogos al de autos la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires se ha expedido de la siguiente forma:
“El principio de no gravar al beneficiario de los alimentos con la carga de las costas debe ceder en supuestos como el que presenta el subjudice, en el que la actora ha reconocido el cumplimiento de la obligación alimentaria por parte de su esposo demandado y también ha aceptado explícitamente el ofrecimiento efectuado por éste en la audiencia correspondiente. Ello, sin perjuicio de no extender tal eximición de costas de dicha parte a las devengadas por la actuación de su letrado patrocinante., atento a lo expresamente solicitado por ella en cuanto a que las mismas se impusieran en el orden causado.” (CC0100 SN 930014 RSI-27-93 I 18-2-1993 Caratula “R. De MMT c/M.J.E. s/ Alimentos” Mag Votantes Maggi- Vallilengua. Tribunal de Origen 5-3).
Como puede observarse en el caso que nos ocupa la actora ha reconocido expresamente los recibos acompañados con la contestación de la demanda, lo que deja probado que el padre cumplió siempre con su obligación alimentaria; y tambien ha aceptado el ofrecimiento que oportunamente se realizara ante VE por una suma igual a la que venía pasando con anterioridad a la demanda. Esto deja aclarado que la ACTORA HA INICIADO UN PROCESO JURISDICCIONAL ABSOLUTAMENTE INNECESARIO, MINTIENDO A VE RESPECTO DE LAS CIRCUNSTANCIAS DEL CASO, TAL COMO FUERA PROBADO CON LA DOCUMENTACIÓN ACOMPAÑA Y CON LA ABSOLUCIÓN DE POSICIONES. ESTO DA DERECHO A ESTA PARTE A PEDIR LA EXIMICIÓN DE COSTAS Y A SOLICITAR SE IMPONGAN POR SU ORDEN.
En igual sentido en autos “G. De L. C/ L., O.N. s/ Divorcio vincular- Incidente de aumento de cuota alimentaria” y “C. R. S/ Inci. de reducción de cuota alimentaria en Mercado c/ Chapelet s/alimentos” se ha procedido en el mismo sentido con el siguiente argumento: “El criterio de que las costas en el juicio de alimentos deben ser soportadas, en principio, por la parte alimentante, con prescindencia del resultado del litigio, no es absoluto sino que reconoce evidentes atemperaciones cuando así lo aconseja la justicia del caso, consecuentemente el juez o Tribunal puede establecerlas por su orden en razón de las particularidades de la causa y las constancias de la misma.” (CPCB. Art. 68, CPCBA art. 69. Sumario B1350355. Magistrados votantes: Spinelli, Libonati, de Carli, Oteriño, Dalmasso, Zampini) (CC0101 MP 86596 RSI-211-93 I 25-3-1993 y CC0102 MP 115493 RSI 325-1 I 26-4-2001).
En igual sentido “Tiene dicho este Tribunal que en mérito a la naturaleza y fines del deber alimentario, las costas del juicio de alimentos deben ser soportadas – en principio – por el alimentante. Sin embargo, esta regla no es absoluta ya que el mantenimiento a ultranza de este principio, es no solo irritante a la igualdad de las partes en juicio, sino que derivaría en la inmune promoción de procesos aventurados, o en la libre resistencia caprichosa frente a articulaciones adecuadas a derecho.” (Sumario juba B 2200528, CC0000 TL 10035 RSD-20-77 s 27-6-1991, en autos “C., MG c/C., A. O. s/ Incidente por alimentos provisionales”, magistrados votantes: Macaya – Casarini- Lettiri).
“En defecto de pacto entre las partes, y en atención a las particularidades del caso y acuerdo amplio habido en la audiencia preliminar, es adecuado imponer las costas en el orden causado. La imposición de costas al alimentante corresponde únicamente en el supuesto de conclusión natural por medio de la sentencia. Cuando se produce un modo anormal de terminación del proceso – v.g. transacción o conciliación - , la ley manda imponerlas en el orden causado, exceptuando lo que pudieren acordar las partes en contrario (art. 68, 70, 71, 73, 84, 86 y ccdtes. CPCC)”(JZ0000 TO696 I 20-4-2001 en autos “Quinteros, Andrea Ernestina c/Avila, Enrique Rodolfo s/ alimentos y litis expensas, mag. Votantes: Ripodas. Sumario B9990894 Juba SCBA).
En igual sentido “El principio de no gravar el beneficiario de los alimentos con la carga de las costas debe ceder en supuestos como el que se presenta el sub iudice, en el que la actora prácticamente contrariando lo dicho al demandar ha reconocido el cumplimiento de la obligación alimentaria por parte de sus hijos.” ( CC0100 SN 4443 RSI-799-1 I 11-12-2001 Carátula R. C. c/ J. F. S. s/Alimentos Tribunal de origen JC BA).
“Si la actora admitió expresamente haber estado percibiendo una cuota alimentaria mensual, cabe imponer las costas originadas en el juicio de alimentos al demandado, pero tomando como parámetro la diferencia entre aquella mensualidad, y la que surge de la implementación del canon establecido por la sentencia, acumulado desde la fecha de inicio del proceso.” (Sumario B856074 en autos “R. I. A. C/ C. D. R. S/ Alimentos . Juba. Magistrados Votantes Telechea – Rivero de Knezovich- Porthe CC0100 SN 3889 RSI – 171-1 I 15-3-2001).
“La actitud cumplidora que ha demostrado el alimentante con antelación a la promoción del juicio de fijación y consignación de cuota alimentaria, evidencia equitativa la imposición de costas en el orden causado” ( B955668 CC0100 SN 9902569 RSI –39-00 I 10-2-2000. Magistrados votantes Porthe- Telechea – Rivero de Knezovich autos “ F., M. G. C/ O., Z. M. S/ Fijación y consignación de cuota alimentaria”)
*suerte*