Colegas, me pueden decir si existe tope indemnizatorio, para un rclamo laboral de un trabajador rural? Gracias maria
Hola, los trabajadores rurales están excluidos de la LCT (art. 2), por lo que no le serían aplicables el art. 245 de dicha norma. Pero a cualquier efecto deberías leer el convenio del peón rural, no se cual es, pero tienen un régimen especial como las empleadas domésticas.
Saludos,
