Lo de los honorarios no sep. Lo de los requisitos depende si vas a interponerlo por sentencia arbitraria o por un caso normal.
B) FORMALES
Oportuna introducción del recurso y mantenimiento de la cuestión federal (no sirve la mera
reserva de caso federal que hiciste en la demanda)
Fundamentación Autónoma (el recurso se basta a si mismo sin necesidad de recurrir al expediente
para entender de que se trata)
Plazo de 10 días desde la notificación de sentencia que causa gravamen
C) PROPIOS
Sentencia definitiva o asimilable
Emanada del Superior Tribunal de la Causa (camara apelaciones)
Existencia de cuestión federal
Relación directa e inmediata de esa cuestión con la materia del litigio
Resolución contraria al derecho federal invocado
- Y que la cuestión sea trascendente (Art. 280 cpccN) por mas que cumpla todo si a la corte no le parece trascente lo rechaza solamente invocando el articulo. De igual forma si te faltan requisitos propios, si la cuestión es trascendente o hay gravedad institucional... lo acogen y lo tratan.
Y los requisitos del escrito estan en la Acordada CSJN 4/2007
En caso de sentencia arbitraria, se obvia el requisito de la oportuna introduccion.. ya que la cuestión federal nace de la arbitrariedad con la sentencia definitiva. Y por lo tanto la priemra oportunidad de planteamiento es en el propio recurso extraoridnario.
Si naciera de nuevo me llamaría Alexis Nexis