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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #467979  por Este2009
 
Buenas tardes. La situación es la siguiente tomé un caso laboral en Capital cuando ya estaba contestada la demanda (voy por la empresa). Es decir la demanda la contestó otro abogado y recíen en las testimoniales me presenté mi patrocinio como apoderado de la empresa. El juicio lo gané, la actora apelo y la cámara confirmó la sentencia de primera instancia. Ahora bien, regularon honorarios pero al hacerlo no hay discriminacion de cuanto me corresponde a mi y cuanto al otro abogado que intervino hasta la contestación de demanda. Simplemente dice honorarios parte demandada tantos pesos. La cedula que notifica esa regulación vino a nombre del abogado que contestó demanda, y en ese proveido se informa que los letrados debemos acreditar constancia de inscripción y situacion ante IVA para cobrar.
Mi duda es como seguir??? Y como saber cuanto me corresponde del total de honorarios regulados???
Obviamente que los de la cámara me corresponden a mi, pero los de primera instancia??? Alguna idea de donde puedo sacar información sobre esto?
Gracias por sus ideas!
 #468198  por julioricardo
 
Cuando vos tomastes el caso, lo primero que debieras haber hecho es mandar la carta de sustitucion de patrocinio al abogado anterior y con un escrito adjuntar al expediente la copia sellada del colegio. Ahi los juzgados regulan por separado. Por lo menos asi es en Lomas. Ojo con el tribunal de disciplina y la ley de etica.
 #468319  por diegogvillamayor
 
te veo mal por el lado del tribunal de disiplina como dice el colega anterior, vos no revocaste el poder? o el patrocinio????????
si el auto salio asi pedi una aclaratoria.... se me ocurre eso.