El tema es así: concurrió una señora al estudio diciendo que habia realizado un convenio de alimentos y regimen de visitas con su ex pareja en la defensoria.- A decir verdad era un convenio evidentemente injusto.- Dicho Convenio no se encontraba homologado.-La madre a la semana de realizado el conveno trato de hablar con el esposo para modificar un aspecto relativo al regimen de visitas y al monto de los alimentos que era una cuota muy baja para tres hijos menores pero no hubo acuerdo entre ambos.-La cuestion es que como el convenio no estaba homologado iniciamos una demanda por alimentos para sus tres hijos y para la madre tambien, que antes no habia sido incluida en el convenio ya que nos dimos cuenta que el ex marido tenia dos empleos y una casa dada en alquiler.-Pero la cuestion es que el ex marido presentó el convenio a la homologacion, y la homologacion salió primero que la notificación de la demanda.-La cuestion es que nos sale un despacho que dice asi: "con fecha 20/08/09 se dictó sentencia homologatoria.Deberá el peticionante adecuar el objeto procesal pretendido acompañando las copias necesarias para la formacion del presente incidente, dícese, de la resolucion recaida en los autos principales y de la notificacion por parte del demandado de la misma".- Entiendo que se da lugar a un incidente, pero lo que no entiendo es a que se refiere el juez cuando me dice que debo "adecuar el objeto procesal ? y tambien de ...." de las copias necesarias...del acuerdo que se intenta modificar (esto si lo entiendo).-..."de la resolucion recaida en los autos principales y de la notificacion por parte del demandado de la misma" (esto no lo entiendo) .-
Cualquier opinion sin lugar a dudas me sera de gran utilidad ...muchas gracias.-
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