Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Fallo plenario CNAT (excluye aguinaldos y premios)

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #468209  por CARLOSPATRICIO
 
Para la justicia, aguinaldos y premios no periódicos no se incluyen en las indemnizaciones

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en un plenario con voto dividido, resolvió que el aguinaldo y los premios o bonificaciones salariales que no sean periódicos no deben incluirse en los cálculos para determinar una indemnización por despido, informaron hoy fuentes judiciales.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en un plenario con voto dividido, resolvió que el aguinaldo y los premios o bonificaciones salariales que no sean periódicos no deben incluirse en los cálculos para determinar una indemnización por despido, informaron hoy fuentes judiciales.

Así lo resolvió el tribunal en un plenario convocado en una demanda contra el Banco Central de la República Argentina (BCRA) para unificar los criterios de la Sala, señalaron los voceros.

Una mayoría de 13 jueces de la Cámara -de un total de 18- consideró que el sueldo anual complementario (SAC) no debe ser incluido en las indemnizaciones ya que el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) establece que el pago por despido o antigedad se realiza en base a "la mejor remuneración mensual, normal y habitual", requisitos que no cumple el SAC.

Con los mismos argumentos se rechazó incluir las bonificaciones especiales que reciben los trabajadores, en caso de que se descarte un supuesto fraude a la ley laboral por parte del empleador, añadieron las fuentes.

"No corresponde incluir en la base salarial prevista en el primer párrafo del artículo 245 de la LCT, la parte proporcional del sueldo anual complementario", resolvió la mayoría que compartió el criterio del fiscal de la Cámara, Eduardo Alvarez.

Los camaristas que votaron por esa postura fueron Ricardo Guibourg, Miguel Pirolo, Elsa Porta, Miguel Maza, María García Margalejo, Beatriz Inés Fontana, Graciela González, Héctor Guisado, Juan Morando, Julio Vilela, Oscar Zas, Gabriela Vázquez y Luis Catardo.

En tanto, cinco magistrados de la Cámara consideraron que el aguinaldo y las bonificaciones sí deben ser incluidas para calcular las indemnizaciones. Ese criterio fue votado por Estela Ferreirós, Daniel Stortini, Alvaro Balestrini, Juan Carlos Fernández Madrid y Néstor Rodríguez Brunengo.


FUENTE: http://www.ieco.clarin.com/economia/ind ... 00025.html
 #469231  por poorlaw
 
FALLO PLENARIO N° 322. 19/11/2009
“TULOSAI, ALBERTO PASCUAL C/ BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA”
“1°) No corresponde incluir en la base salarial prevista en el primer párrafo del artículo
245 de la L.C.T., la parte proporcional del sueldo anual complementario. 2°) Descartada
la configuración de un supuesto de fraude a la ley laboral, la bonificación abonada por el
empleador sin periodicidad mensual y en base a un sistema de evaluación del desempeño
del trabajador, no debe computarse a efectos de determinar la base salarial prevista en el
primer párrafo del artículo 245 de la L.C.T.”.
Se confirma una gran desigualdad con la provincia de Buenos Aires, la SCBA tiene dicho todo lo contrario :|
 #469993  por DAL
 
Esta previsto en el estatudo de periodistas, pero en BSAS se generalizó parece.
Y no es lo peor, tambien sacan SAC sobre antiguedad, un rubro rarísimo!
 #471046  por CARLOSPATRICIO
 
DAL escribió:Esta previsto en el estatudo de periodistas, pero en BSAS se generalizó parece.
Y no es lo peor, tambien sacan SAC sobre antiguedad, un rubro rarísimo!
Hay queines sostienen que el sac debe incluirse sobre todo rubro de caracter indemnizatorio, por que el SAC se devenga dia a dia, entonces habria sac s/ indemnizacion, Sac/ s/ preaviso, sac s/ integracion mes despido, que se yo, eso es lo que sostienen algunos...