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  • necesito ayuda. contra fallo 2da. instancia

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #452472  por valeseguir
 
Hola. Buenas Noches, Colegas.
Soy nueva y estoy muy preocupada por un caso que me vence el plazo el dia lunes.
En el expte. conexo de CUOTA ALIMENTARIA: en primera instancia fijaron alimentos provisorios por $ 500.- para dos menores discapacitados, teniendo en cuenta que su padre se dehizo de ellos y de la madre y percibe el subsidio por discapacidad de ambos niños de 6 y 9 años. La Asesora de Menores apela la decisiòn y tambièn la actora -a la cual represento-
En Càmara se confirma dicho suma de $ 500. La Asesora, en darle vista, sostiene que es una verguenza,màxime teniendo en cuenta que su padre percibe màs de $ 8000.- mensuales y las asignaciones por hijo, subsidios, etc. La Obra Social cubre parcialmente ya que son enfermedades no incluidas en el PMO. La actora està desesperada y yo enloquecida.
Mi consulta, còmo hago teniendo una sentencia de 2da. Instancia que confirma la de grado inferior: puedo presentar algùn recurso contra la sentencia de Càmara? o, que es lo màs efectivo para revertir esta injusticia contra la salud y la vida de estos menores especiales?
Agradeceria vuestra mano que, como puedo apreciar, es màs que generosa.
 #452566  por Carmen Susana
 
Si puedes puedes recurrir.- No te doy el nombre del recurso porque no sé dónde litigas, por ejemplo en provincia puedes ir en Casación al Superior Tribunal de Justicia.- Si no entendí mal los menores están con la mamá, y ella es la que pide alimentos para sus hijos.- Y le han fijado $500 para los dos niños o sea que el padre sigue cobrando las asignaciones y gana $ 8.000; si es así el fallo es un disparate jurídico.- El problema que vas a tener es que es sólo una cautelar (alimentos provisorios), mas decí que mientras tramita el juicio los niños tienen derecho a alimentos dignos, citá los Tratados Internacionales, art. 75 inc. 22 C.N., la Declaración Internacional de los Derechos del Niño, y todo lo que encuentres que beneficie a los menores.- No conozco los argumentos de la Cámara, mas refutalos con los Tratados Internacionales.-
 #469296  por cucky58
 
Si bien tenes recursos, no te olvides que los alimentos provisorios, solo cubren las NECESIDADES MINIMAS E INDISPENSABLES (ALIMENTO %2 CADA UNO DE LOS PADRES), no es la cuota alimentarias definitiva, ya que sino se caeria en el prejuzgamiento.
Luego, si sos rapida prontamente tendras la cuota definitiva y podras ejecutar la deuda desde el momento de la presentacion de demanda
 #469517  por cucky58
 
ACABO DE ENCONTRAR UN FALLO TAL VEZ TE SIRVA
Dicha cuota alimentaria (PROVISORIOS) tiende a cubrir las necesidades del alimentado hasta tanto se arrimen otros elementos de prueba que permitan determinar la pensión definitiva. Es por tal motivo que su determinación no requiere el análisis pormenorizado de las probanzas producidas, cuestión que habrá de ser materia de pronunciamiento definitivo, ya que lo contrario importaría prejuzgar sobre su atendibilidad (conf. C. Nac. Civ., sala F, RED. 20-A, p. 210, sum. 319). La naturaleza de estos alimentos es cautelar, basada sólo en una apreciación prima facie de las circunstancias que se traen a conocimiento del juez, y está destinada -como en los alimentos provisionales fijados por el art. 375 CC.- a resolver las necesidades urgentes (Bossert, "Régimen jurídico de los alimentos", p. 47). Por tal motivo, su determinación no requiere el análisis pormenorizado de las probanzas producidas. Los alimentos provisionales deben fundarse en lo que prima facie surja de los elementos aportados en autos que indiquen tanto las necesidades del alimentista, como las posibilidades del alimentante (conf. Bossert, "Régimen..." cit., Ed. Astrea, 1993, p. 331)…”.
C. Nac. Civ., sala M, 30/06/1997 – “S. v. M”. JA 1999-II-454.