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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #469684  por siloski
 
El caso es el siguiente me viene a ver un cliente que le habia llegado una carta documento donde se le notifica la audiencia de etapa previa por tema de alimentos para su hijo y para su esposa,la cd la recibio su esposa ayer y se la deja arriba de la mesa ya que viven juntos pero han cortado la cohabitación desde hace algunos meses,la audiencia era para hoy 27 pero no concurrimos vamos a concurrir a la segunda audiencia.Mi pregunta es se le puede iniciar juicio de alimentos viviendo en el mismo techo siendo que de hecho es el señor quien los alimenta tanto a su esposa como a su hijo(,ella no trabaja),?como puedo encarar la cuestión?el sr. puede iniciar el divorcio y en el mismo ofrecer cuota alimentaria pero fundado en que causal ya que no hace todavia dos años de casados? y ademas nos perjudica no habernos presentado a la audiencia?yo creo que no,porque para mi no fue debidamente notificado ya que las audiencias deben ser notificadas con tres días de antelación y ademas la que recibe la cd es la propia actora.esto es en provincia.
Como puedo yo aprovechar el tema de que no fue debibamente notificado ?y ademas,....me conviene llegar a un aacuerdo en esa audiencia o es preferible iniciar divorcio y en él ofrecer alimentos?
Muchas gracias por las respuestas que puedan darme,me seran de gran utilidad
 #469691  por Carmen Susana
 
Se puede deducir la pretensión de alimentos aún cuando los cónyuges vivan en un mismo techo; ya que uno de ellos puede no cumplir con el deber de procurar alimentos al otro.- Para inciar él un divorcio debe hacerlo por una causal subjetiva, por ejemplo injurias, mas no te comprendo si ya hay iniciado un proceso de alimentos cómo vas a solicitar que se fije la cuota alimentaria en el divorcio.-
 #469704  por siloski
 
gracias por responder,yo decia no arreglar en la etapa previa de alimentos y ofrecerlos en el divorcio pero ya me contestaste,no se puede.
Muchas gracias por tu respuesta.