Nunca hice un tramite de este tipo y hoy viene una clienta a verme. Ella necesita que la nombren curadora de su hijo incapaz para poder cobrar una pensión graciable. Le basta con que le den la curatela provisoria para hacer el cobro. Mi pregunta es se le puede dar a ella esa curatela provisoria?' Pregunto eso por lo que dice el código procesal de la pcia de bs as de que el curador provisorio va a ser un abogado de la matricula. Desde ya muchas gracias!!