HOLA TENGO UNA DEMANDA DE DAÑOS Y PERJUICIOS CONTRA UNA MUNICIPALIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, LA INICIE EN CIVIL Y COMERCIAL Y ME LA MANDARON AL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.-
ME DICEN QUE HAY JURISPRUDENCIA DE INCONSTITUCIONALIDAD DEL Art 51 DE LA LEY 12.008 (MOD LEY 13.101), QUE IMPONE LAS COSTAS EN ESTE FUERO EN EL ORDEN CAUSADO.-
ALGUIEN SABRA ALGO DEL TEMA.- SE LOS AGRADEZCO
ME DICEN QUE HAY JURISPRUDENCIA DE INCONSTITUCIONALIDAD DEL Art 51 DE LA LEY 12.008 (MOD LEY 13.101), QUE IMPONE LAS COSTAS EN ESTE FUERO EN EL ORDEN CAUSADO.-
ALGUIEN SABRA ALGO DEL TEMA.- SE LOS AGRADEZCO