Hola les hago una consulta, en un juicio de alimentos, voy por la parte actora, la parte demandada apelo los honorarios, fue a camara y resolvieron a mi favor. Mi pregunta es debo notificar yo la sentencia o la otra parte, y si lo debo hacer yo la sentencia lo notifico en el domicilio real del demandado o en el que constituyo en la Alzada?? Ayuda es la primera vez ante una apelacion.-