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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #471798  por KELYNA
 
Estimados colegas, les hago una consulta a ver si me dan su opinión.

EN un juzgado de Capital, me fijaron audiencia del art 80 y ese mismo día si no hay posibilidades de conciliar se toman posiciones.

Voy por la demandada, la cuestión es que el representante legal de la SA, ese dia no esta en Bs As. Tiene los pasajes por vacaciones emitidos ida y vuelta.

La consulta es la siguiente, aún no me notificaron el despacho fijando la audiencia.

Mi idea es presentar un escrito manifestando la imposibilidad de concurrir a la audiencia señalada, acompañando el pasaje y el acta de directorio con la cual demuestro que es el representante legal que esta cumpliendo cargo en este periodo, pido la suspensión. (esa sería la idea).

Ahora, para el caso que no me hagan lugar, me surgen dudas, respecto a si puedo solicitar en subsidio se me autorice a absolver a mi en caracter de apoderada. (tengo facultades en el poder) pero no se si me permitiran hacerlo. Desde ya escucho sus opiniones o si tienen otra idea mejor, saludos cordiales.-
 #471815  por MORGAN
 
No tenés otro director para que absuelva?, no te van a hacer lugar al pedido de que lo sustituyas vos. Sino pedí que designen otra manifestando que se ausenta del país de tal fecha a tal otra.
 #471828  por KELYNA
 
Gracias Morgan por responderme con tanta celeridad. El que va estar de viaje para la fecha designada es el Representante Legal (presidente de la Sa), si la idea es pedir la suspensión y que se fije otra.

Pero queria por las dudas pedir algo en subsidio, por si no me hacen lugar. La Sa esta tiene dos directores, pero el que debe absolver es el Representante, cuando conteste no designe a otra persona.

Vos decis que lleve directamente al director.? o lo proponga en subsidio??}

Gracias por responderme. saludos cordiales.-
 #472051  por MORGAN
 
Tenés que haber ofrecido el sustituto antes y funciona siempre que el procedimiento te lo permita. Lo que admiten todas las jurisdicciones es el aplazamiento por enfermedad, viaje, etc.
 #472163  por picho1978
 
El obligado a absolver es el Representante Legal (presidente).
En su defecto, hay veces he visto q hacen lugar a algunos directores, e incluso apoderados, del área pertinente ( RRHH ) que se supone puedan estar al tanto de los hechos acaecidos.
NUNCA EL APODERADO JUDICIAL por mas q tenga la facultad espresamente otorgada en el poder.
SI TENES JUSTIFICADO EL VIAJE, LAS FECHAS DE IDA Y VUELTA PEDI LA SUSPENSIÓN DE LA AUDIENCIA
Algunos juzgados te despachan "en la audiencia se proveera" ya que con la presencia de la parte actora pueden llegar a desistirlas y no tenes q volver a citarlo.
 #472244  por KELYNA
 
Gracias Morgan y Picho.

Si tengo presente que el que absuelve es el Presidente. No designe ninguna otra persona al contestar, por que no imagine que no iba estar en Bs AS.

Tengo ya la copia del pasaje certificado y legalizado y el acta de directorio vigente, voy a presentar un escrito pidiendo la suspensión, espero me la concedan.

Saludos cordiales-
 #481244  por KELYNA
 
Colegas, les comento que no me hicieron lugar a la suspensión de la audiencia solicitada.-


Segun reza el despacho: Toda vez que la persona juridica demandada conforme art 87 LO puede ser representada por su presidente y por otros organos de gestion con mandato suficiente, no ha lugar a la suspensión solicitada.-


Ahora bien, segun el art 87 puede ser un DIRECTOr. atal efecto ese dia debo acompar el acta de directorio de donde surge que es el Director.

Ahora tengo la siguiente duda, que pasa con MANDATO SUFICIENTE, entiendo y no se si estoy errada, que debe existir un ACTA emanada de la SA en donde se le otorgen a ese director facultades para ABSOLVER POSICIONES.

Si alguno me puede dar una mano, por favor, mañana me esta venciendo el plazo para plantear una revocatoria.-

Gracias.-
 #481259  por Romina34
 
No hace falta el acta que mencionas, el día de la audiencia vas con el otro director, que surge su cargo del acta de designación (y aceptación de los cargos) de directores.
Saludos,
 #481541  por KELYNA
 
Gracias Romina

LA duda me surgio, estuve leyendo un cod procedimiento comentado de LO, y habla de que el mandato suficiente, lo probas con un acta en donde todo el organo le confiere poder para absolver al Director. De hecho encontre varios fallos, en ese sentido, de ahi mi duda.-

Gracias por responderme, saludos
 #481578  por Romina34
 
Mirá en todas las confesionales que tuve me presenté con el director que estaba en ese momento (presidente, vice o director titular) y el acta de su designación y aceptación del cargo.. nunca tuve problemas.