Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Donde se inicia la curatela?

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #471748  por fabius
 
Estimados Colegas y Foristas: Tengo que inciar una curatela para que una persona de 22 años con una discapacidad pueda cobrar la denominada "pensiòn no contributiba", pero me dijeron que a la a misma tengo que inciarla en el Juzgado de Paz competente si es que mi cliente quiere cobrar la pensiòn provincial de 200 pesos pero si quiere cobrar la nacional de 500 pesos tengo que iniciarla en el Juzgado de Familia que està en otra localidad (esto es en Provincia de Buenos Aires). Es asì esto?. Gracias. Fabius.
 #472126  por kantaclaro
 
Conforme el art. 827, inc. n) del CPCC, la curatela es competencia de los Trib. de Flia. Posiblemente el Juzg. de Paz no la tenga en estos casos. Saludos