Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Despido curioso

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #473029  por nova2010
 
El día 30 de Octubre de 2009 (mientras me encontraba en mi trabajo) me llega un telegrama fechado el día 29 anterior por despido por reestructuracion de la empresa,
El telegrama dice textualmente

NOTIFICAMOS SU DESPIDO A PARTIR DEL DÍA DE LA FECHA POR CUESTIONES DE REESTRUCTURACION OPERATIVA. LIQUIDACION FINAL, INDEMNIZACION POR DESPIDO Y CERTIFICADOS DE TRABAJO ART.80 LCT A SU DISPOSICION.
XXXXXXX S.A.
DIRECCION

ese día 30 me llama por el interno el gerente de Recursos y dice esto que por razones bla, bla bla no te avise ayer.
me dice que el numero lo estándo cerrando por el tema de la antiguedad y que me van a avisar, a la semana fui personalmente ya que nadie me contestaba y me dijeron que me iban a pagar en 20 cuotas, cosa que le dije que no y que para mi con 10 eran mas que suficientes, durante 3 semanas al día de hoy no tengo noticias de nada.

1 Tengo enviar un telegrama notificandome de mi despido o el telegrama enviado por el empleador es suficiente?
2 Con respecto a la indemnizacion que plazo tiene el empleador para hacerla efectiva mediante convenio o lo que fuere
3 tengo que pedir el certificado de trabajo y en que tiempo máximo ya que pasaron 35 días corridos desde el 30 de Octubre, solo me depositaron los 30 días trabajdos del mes de Octubre.
4 tengo que pedir el recibo de sueldo de ese mes trabajado?
5 no tengo respuesta a todos los llamados telefonicos que hice y nadie se hace cargo solo dicen que estan estudiando el tema y me parece que la empresa no quiere pagar nada que hago? (tengo que pagar alquileres, tarjetas, comida y me van a rematar todo)

Gracias y perdon por la desesperacion.
 #473047  por chiqui79
 
tenes que comunicarte con un abogado urgente.
 #473056  por nova2010
 
chiqui79 escribió:tenes que comunicarte con un abogado urgente.

porque urgente? que puede pasar?

gracias por responder
 #473122  por DoctorJavier
 
Coincido con el colega chiqui79, tenes que contactarte con un abogado urgente. Lo que podria pasar es que no cobres un mango.
 #473189  por leticiacampana2009
 
coincido con mis colegas, buscate un abogado ya, por que pasaron mas de 30 del despido, el tema de los certificados una vez disuelta el vinculo laboral el empleador tiene 30 dias para entregarte los certificados, y fijate cuantos dias pasaron, si no los hace en ese plazo le corresponde multa, o sea 2 sueldos mas , buscate un abogado asesorate bien, debes mandar carta documentpo intimando al pago de la indemnizacion, ademas por lo que decirs tambien te corresponde que te paguen preaviso, en fin te repito ve a un abogado ya y empeza las intimaciones de ley. Suerte.
 #473198  por sol0409
 
Ahiero a las opiniones de los colegas. No va a pasar nada. Pero sucede que tenes derecho a cobrar todo lo que decían en la carta documento de despido. Vas a tener que intimar para que abonen esas indemnizaciones y liquidación final, hagan entrega de certificados, etc. Te recomiendo que veas un abogado por las dudas que esto no termine con un telegrama y tengas que llegar a una instancia conciliatoria o juicio para cobrar.

Suerte!
 #473242  por GU
 
Yo apuesto $100 a que llega a juicio (salvo que lo perjudiquen con lo que paguen, y si ya le aceptaron 10 cuotas...).

Porque urgente? Para devengar honorarios, y tambien para que se respeten tus derechos, o viceversa.

Contactate con un boga. No te va a salir gratis, pero vas a terminar cobrando mas. Y si tenes una antiguedad considerable, te recomiendo que contrates un abogado especialista en derecho laboral.

Salutes!

Pd: La multa del Art. 80 son tres sueldos mas, y requiere intimacion previa.
 #473345  por jrestudio
 
LO PRIMERO QUE DEBES HACER ES ENVIAR UN TELEGRAMA INTIMANDO PLAZO 48 HORAS PAGO DE INDEMNIZACION POR DESPIDO INCAUSADO (ANTIGUEDAD PREAVISO INTEGRACION MES DE DESPIDO) ASI PUEDEN PROSPERAR LOS INCREMENTOS SOBRE ESTOS RUBROS EN ORDEN AL 50% (ART 2 LEY 25323) EN EL MISMO DESPACHO INTIMA LA ENTREGA DE CERTIFICADOS MANIFESTANDO QUE TE PRESENTASTES EN LA EMPRESA Y QUE LOS MISMOS NO TE FUERON ENTREGADOS DE ESA FORMA PUEDE PROSPERAR LAS SANCIONES CONMINATORIAS DEL ART 8O LCT. TE RECOMIENDO QUE CONTRATES LOS SERVICIOS DE UN PROFESIONAL PARA QUE TE REDACTE EL TELEGRAMA Y ADEMAS YA INICIE EL RECLAMO POR ANTE EL SECLO Y/O DELEGACION SI ES EN PROV DE BUENOS AIRES. DR JOSE ROCHA.
 #473665  por GU
 
Anuncio proximo Cambio de nick: NO EXISTEN LAS 48 HS.
 #474603  por JoMarch
 
GU... YA TE LEI DICIENDO ESOOO!!!
YO LO REGISTRE.... NO EXISTEN LAS 48 HS......