ok, en ese caso no tenes plazo determinado ya que esta concluida la etapa por incomparecencia, el plazo siempre me lo ha impuesto el tribunal pero cdo se cerro con un acuerdo provisorio, no surge del codex pues no esta regulado, saludos
solesoni escribió:docthos escribió:generalmente en el despacho de cierre te lo indica, tene precaucion de mirar el expediente porque en mis causas siempre han determinado que si en diez dias no se incoaba la accion quedaria definitivo lo fijado como provisorio en la audiencia sin necesidad de resolucion que asi lo determine, saludossolesoni escribió:Cuanto tiempo tengo desde que se cerró la etapa previa para presentar la demanda de alimentos en la etapa de conocimiento? por favor! si hay algún plazo... alguien lo sabe???
Saludos! y mil gracias!
Muchas gracias docthos! en mi caso, en la audiencia de la etapa previa no se llegó a ningún acuerdo, ya que el padre de los menores no se presento. En ese caso tambien tenés un plazo? te lo impone el juzgado? o surge esto del código? porque yo en el código no lo encuentro! gracias, saludos!!!