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  • Fallo polémico sobre el matrimonio gay (1era parte)

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #473857  por chiqui79
 
y ya te imagines poor iniciandole la sucesion y el juez poniendo:
"se declara que por el fallecimiento de xx le suceden en caracter de herederos xy respecto de los bienes propios sin perjuicio de lo que la ley le otorga al ficus respecto de los gananciales .." :lol:
 #473869  por ricardito21
 
:lol: Buenísimo, Poorlaw y Chiqui79 los ejemplos que dan. Es que de un absurdo se termina rodando a otro absurdo peor y más extravagante. Estoy de acuerdo con tutelar los derechos de toda minoría, cuando se está respondiendo a necesidades sociales reales y no a inventos político-ideológicos para generar confrontación. Todos tenemos un poco de razón, es interesante este hilo. Amigos y amigas colegas, que tengan un lindo fin de semana.
 #474099  por jeanvaljean02
 
Pato2727...lo que se reclama es que el orden público reconozca los derechos de las personas homosexuales. La ley de matrimonio civil es de 1888, en ese entonces los homosexuales existían en las sombras, porque la sociedad era absolutamente homofóbica. La Comunidad Homosexual Argentina recién logra reconocimiento en los '90 del siglo XX, los jueces no le otorgaban personería porque decían que su objeto era inmoral. La realidad cambia, el derecho cambia, hoy se pide un cambio para que le derecho recepte una realidad a la que le costó luchar contra muchos prejuicios para abrirse paso.
Saludos
JV
 #474101  por jeanvaljean02
 
ah Pato, me olvidaba de algo, para Aristóteles que era un genio, seguramente que los esclavos tuvieran derechos civiles hubiese sido totalmente absurdo, puesto que los consideraba "animales parlantes", la "razonabilidad" también está históricamente condicionada por la época en que a cada uno le toca vivir
 #474115  por inviguiatti
 
Creo que esto es una cuestion que solo puede resolver el Congreso de la Nacion por medio de una ley. Aqui no esta en discusion ni la prohibicion, ni la moralidad, sino la legitimidad que quiere darsele a la union de personas del mismo sexo y reitero es una solucion Legislativa ya que esta es la unica manera logica y perdurable de dar legitimidad.
La ley es de claridad meridiana en cuanto a la diversidad de sexo para la existencia del matrimonio, el hecho de que exista ya la costumbre en una minoria reconocida, de la convivencia homosexual, no puede hacer suplir la ley, esto es: NO existe en nuestro derecho la costumbre contra legem. Cambien la ley y despues si. Si una persona se casa por iglesia, templo o lo que sea, pero no frente a la autoridad publica con competencia al efecto, esta emplazada en el estado de casado? la respuesta es NO (al menos civilmente, no) si esa persona, luego de pasados unos años fallece su compañera/o y quiere hacer valer los derechos que surgen de la ley de su estado de conyuge y el juez lo desestima, va a poder alegar la desigualdad ante la ley??
La constitucion tambien menciona que los derechos deben ejercerse en conformidad con las leyes que reglamentan su ejercicio.
Reitero, hay que cambiar la ley, por una cuestion de salud institucional, sino que viene despues de esto ¿¿El piquete GAY??
Adhiero a lo manifestado por el presidente del Colegio de Abogados de CABA
A los que luchan por la igualdad de la minoria, planteen la pelea en el Congreso Nacional es alli donde deben poner su energia y lograr que su derecho surja, no le den de comer a los pobres infelices de los politicos ( NI al que se hace el moderno para quedar bien, ni a los que les aconsejan hacerle manifestaciones al supuesto moderno, cuando ellos siendo mayoria en el congreso Nacional no dieron qorum para lograr el debate necesario).
saludos a todos
 #474348  por diegogvillamayor
 
ha estamos en el horno si pensamos que caba es lo mismo que una provincia
y tambien si pensamos que una simple jueza contencioso adm de capital puede revisar normas nacionales.
porque no hacemos una cosa, que cada uno se dicte sus reglas, vivamos en anarquia.....

igual es como dicen el post se esta desvirtuando un poco.

hasta donde yo se, uno de los pactos internacionales y ahora no recuerdo cual define al matrimonio como la union de hombre y mujer. Basta de pavadas, si los gays quieren casarse que cambien las leyes y no las rompan, violen, doblen o lo que sea.
Basta de politica en el derecho.
 #474351  por diegogvillamayor
 
leyendo sobre el las opiniones del matrimonio gay, encontre esto, segun el pacto de declaraciones de derechos civiles y politicos del hombre, y la convencion de los dchos del hombre (todo de ONU) son los que definen al matrimonio como union de hombre y mujer, por lo cual tienen nivel superior a cualquier ley local, entonces dejemos de plantear pavadas....

Y pensaba porque no planteamos la incostitucionalidad de la constitucion en si, asi cada uno hace lo que quiera. Total con todo este movimiento estupido de considerar discriminar a pensar diferente a otro demas, estan llevando al pais a la voluntad de una minoria.

saludos
 #474392  por jeanvaljean02
 
contra el dogma no hay razonamiento que valga, de todas maneras yo defiendo el control de constitucionalidad que tienen los jueces , porque hace al juego de poderes y contrapesos de nuestra república. Ningún argumento de los que se dieron, contrarios a los míos, debe ser calificado de "pavada" o similar, veo que hay gente que se enoja y califica despectivamente a quien piensa distinto, entiendo que es parte de un pensamiento dogmático y que estamos en la época de la pelea por este derecho, por eso es lógico que haya opiniones encontradas. En veinte años ya tendremos una legislación no discriminatoria, mientras tanto, para el ciudadano particular, la vía judicial sigue siendo la posibilidad de acceder a un derecho, ¿o acaso los jueces no son el Poder Judicial? Al decir de los constitucionalistas incluso, tienen supremacía.
JV
 #474393  por jeanvaljean02
 
Matrimonio de personas del mismo sexo

Declaración de la
Asociación de Abogados de Buenos Aires



La Asociación de Abogados de Buenos Aires expresa su beneplácito por el dictado del fallo “Freyre Alejandro C/GCBA S/Amparo” por parte del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario nº 15 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que declaró la inconstitucionalidad de los artículos 172 y 188 del Código Civil en cuanto impiden contraer matrimonio a dos personas del mismo sexo.

Cabe destacar, en lo que respecta a la competencia del Juzgador para dictar la sentencia en el caso en cuestión, que el artículo 129 de la Constitución Nacional otorga a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires facultades de Jurisdicción y los artículos 1 y 2 de la Ley 189 establecen que son causas contencioso administrativas todas aquellas en las que una autoridad administrativa legitimada para estar en juicio sea parte, y toda vez que el Registro Civil de la Ciudad “es una autoridad administrativa” en los términos de la normativa citada, la Justicia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires resulta competente para revisar sus decisiones.

Más allá de lo señalado precedentemente, creemos justo reconocer a las personas del mismo sexo que desean unir sus vidas en un proyecto común, derechos iguales a los que otorga el matrimonio a personas de distinto sexo. No obstante resulta enriquecedor el debate generado en este tema, en todos los ámbitos, procurando que las reformas que se intenten, recojan la normativa de los Derechos Humanos incluidas en los pactos internacionales con jerarquía constitucional (artículo 75 inc. 22 de la Constitución Nacional).
Nuestro compromiso y nuestra responsabilidad como miembros de una sociedad es el de bregar por el cumplimiento de los principios constitucionales y - en este caso en particular - del principio de igualdad consagrado en el artículo 16 de nuestra Ley Suprema y en el artículo 11 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.

Este principio también es proclamado por instrumentos internacionales con jerarquía constitucional. El artículo 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece que todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a igual protección, prohibiendo toda discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole.
La Observación General 20 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) del 22/05/2009 -al hacer mención del artículo 2.2. del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales- ha expresado que “en cualquier otra condición social, tal y como se recoge en el artículo 2.2 del Pacto se incluye la orientación sexual. Los Estados parte deben cerciorarse de que las preferencias sexuales de una persona no constituyan un obstáculo para hacer realidad los derechos que reconoce el Pacto…”.

La expresión “iguales ante la ley” debe ser entonces entendida en un sentido más extenso del que comúnmente se le ha asignado, pues implica otorgar a todos los individuos idéntica protección e idénticas posibilidades para desarrollarse, sin que se plasmen distinciones fundadas en motivos meramente discriminatorios, los cuales obedecen a la imposibilidad de comprender que en toda sociedad existe una diversidad de pensamientos y de orientaciones.

Las libertades individuales ganadas cuando se vive en un Estado democrático deben garantizarnos poder decidir por nosotros mismos aquellas conductas que no estén en contradicción con la ley o perjudiquen a terceras personas. Entre esas decisiones está el derecho a adoptar aquellas prácticas sexuales que queremos ejercer, tanto como unir nuestras vidas, en una aspiración común, a alguien de nuestro mismo sexo, de lo que deriva la necesidad de consagrar la igualdad jurídica también en el matrimonio, pues si hay diversidad y se la respeta y protege como un valor, como parte de la libertad, entonces habrá más Democracia.


Buenos Aires, 1 de diciembre de 2009

Eduardo Tavani, Presidente - Maria del Carmen Besteiro, Secretaria General
 #474407  por inviguiatti
 
jeanvaljean02 escribió: (....) Las libertades individuales ganadas cuando se vive en un Estado democrático deben garantizarnos poder decidir por nosotros mismos aquellas conductas que no estén en contradicción con la ley o perjudiquen a terceras personas. Entre esas decisiones está el derecho a adoptar aquellas prácticas sexuales que queremos ejercer, tanto como unir nuestras vidas, en una aspiración común, a alguien de nuestro mismo sexo, creo que hasta aca podría decirse que en la vida cotidiana este lugar ya lo tienen ganado
Coincido en muchas cosas que decis jean, lo unico que, en mi humilde opinion, si pedimos que el estado refrende o legitime un acto que es de los mas solemnes (en cuanto a la formalidad) no puede estar con un juez que diga una cosa un dia y otro, una cosa diferente al otro dia. Legalmente y en las condiciones actual, la NO diversidad de sexos deja a esa union como matrimonio inexistente. Que pasaria si uno de los conyuges en unos años decide divorciarse y hacer la division de bienes y por conveniencia decide plantear que no existe matrimonio por inexistencia del mismo??? la contraparte le plantearea la doctrina de los actos propios.... un acto que se considere inexistente puede ser tomado como acto propio??... pero existe una sentencia que declara inconstitucional ...pero tambien existen las cosas juzgadas irritas.??... y asi estariamos en una inseguridad juridica plena en cuanto a una cuestion tan importante para las personas tanto espiritual como patrimonialmente.
Coincido en el control constitucional de los jueces, y que tambien puede servir como presion, pero: NI dogmas NI relativismos.
Reitero, cambio de ley, que para mi no debe agotarse en la posibilidad de la union legal de personas del mismo sexo (es absurdo hablar en derecho de matrimonio homosexual cuando la etimologia de la palabra esta referida a las cargas de la madre?!?!?), se deberia incluir la posibilidad de convenciones matrimoniales que estipulen un regimen de bienes acorde con las intenciones de los contrayentes,

saludos y suerte
 #474410  por jeanvaljean02
 
Etimológicamente: matrimonio: viene de madre; patrimonio: viene de padre, sin embargo actualmente se dejó de lado esa connotación y todas las personas tenemos patrimonio: mujeres y varones. La etimología de la palabra no crea derechos ni obligaciones y los significados de las palabras van cambiando históricamente
 #474431  por DAL
 
Declaración Universal de los derechos Humanos:

Artículo 16
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.

2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.

3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

"Curiosidades": en todos los articulos refire genericamente a SERES HUMANOS y PERSONAS. Este es el unico de los 30 que habla de "LOS HOMBRES Y LAS MUJERES".
Este es el unico articulo de aquellos donde se enumeran las causales de discriminación que omite la palabra SEXO.

Tal vez la constitución de la ciudad de Buenos Aires esté por encima de la CN nacional y los pactos internacionales. Guauuuu siempre supimos que Dios atendia en Buenos Aires, no sabíamos que ERA Buenos Aires. :lol: :lol: :lol: :lol:
 #474723  por Pato272727
 
JV
Loa homosexuales levantan la bandera de la igualdad para reclamar otra cosa: el matrimonio a medida y eso no existe en nuestro derecho (Sisto y Franzini s/Inf. Sumaria CSJN).

Los homosexuales tienen el mismo derecho que cualquier otra persona: el derecho a contraer matrimonio como unión entre hombre y mujer cualquiera sea su orientación sexual.

De hecho conozco al menos un caso de alguien que se casó siendo homosexual. Tuvo tres hijos y después se divorció porque quería estar con un hombre.

A vos que te gustan los cambios y haces paralelismos con la erradicación de la esclavitud o la segregación racial te pregunto: ¿que pasó con el comunismo? Fijate vos q vino con la idea de que no había que tener valores que el hombre es lo que elige ser q no había propiedad privada y al final no les quedó mas remedio que aceptar la realidad. Eso es lo que va a pasar con el matrimonio homosexual.
 #474769  por jeanvaljean02
 
Declaración Universal de los derechos Humanos:

Artículo 16
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio. NADA DICE SOBRE QUE EL MATRIMONIO ES ENTRE HOMBRE Y MUJER

2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.FUTUROS ESPOSOS ES UN TÉRMINO QUE BIEN LES CABE A ALEX Y A JOSÉ MARÍA

3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado. LAS FAMILIAS HOMOSEXUALES SON FAMILIAS

BUENOS, SI BIEN ENTIENDO QUE NO SE TRATA DE HACER UNA INTERPRETACIÓN LITERAL O GRAMATICAL DE LA LEY, LO HICE EN FUNCIÓN DE DAR RESPUESTA A LOS QUE SE PLANTEA MAS ARRIBA, TRATO DE CONTESTAR SIN AGRAVIAR, NO SE TRATA DE DECIR QUE PASÓ CON EL COMUNISMO O CON LA REVOLUCIÓN, ES COMO SI YO ME PUSIERA A HACER ALUSIÓN A LOS CURAS PEDÓFILOS O A VON WERNICH PARA FUNDAR MI POSICIÓN, ESO NO ES ARGUMENTAR, ESO ES LO QUE CONMUNMENTE SE LLAMA "CHICANA"
SALUDOS
JV
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