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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #475241  por celso04
 
Un empleado que se jubiló hace 6 meses y quedó trabajando en la empresa para capacitar a otro que haría lo que el. Hoy se quiere decirle que se vaya, la idea era solo un tiempo pero se excedió demasiado, que le correspondería de indemnización?. Estos meses solo cobró el sueldo sin hacer aportes. Y si correspondería hacer los aportes correspondientes?
 #475612  por sol0409
 
Si al momento de jubilarse se extinguió el vínculo y se inició una relación nueva, sólo se lo debe indemnizar por estos últimos 6 meses. La antigüedad "vuelve a cero" con la jubilación y comenzás a contar de nuevo a partir de ese momento.
 #475623  por celso04
 
sol0409 escribió:Si al momento de jubilarse se extinguió el vínculo y se inició una relación nueva, sólo se lo debe indemnizar por estos últimos 6 meses. La antigüedad "vuelve a cero" con la jubilación y comenzás a contar de nuevo a partir de ese momento.
El empleado comunicó en su momento que se habia jubilado, no se si esto extingue el vínculo, pero mientras tanto se le siguió pagando sin recibo ni aportes. El problema radica en eso. Somos una entidad intermedia y nos encontramos con esto heredado de una comisión anterior. La idea es solucionarlo a la brevedad, gracias, si me podés informar algo mas te agradezco. Saludos
 #475633  por sol0409
 
Celso:

A qué te referís con "entidad intermedia"? Y con "comisión anterior"? Venía todo clarísimo pero ahí me perdí.

Por otra parte, cómo es eso que le pagan sin recibo y sin aportes? En negro / no registrado?

A ver, consultá con el administrador / contador, si lo dieron de baja en la AFIP en el momento en que notificó que se había jubilado. Además, cómo notificó que se había jubilado? Si notificó fehacientemente y en virtud de esto es que lo dieron de baja, empezamos a contar la antigüedad de cero, como te decía antes. Si este es el caso, los reclamos que podrían hacerse son en virtud de estos últimos 6 meses. La otra opción que tienen es regularizarlo por estos últimos 6 meses e indemnizarlo por este período.
 #479346  por celso04
 
Es un Centro Mercantil que cuenta con un empleado, nosotros formamos una comisión nueva e ingresamos al Centro y "heredamos" al sujeto en cuestión, si, se le estaba pagando en negro, te agradezco tu atención, comunicó mediante telegrama su jubilación, ya nos asesoramos y se van a hacer los aportes correspondientes de estos meses y se indemnizará esta antiguedad.
Desde ya muchas gracias, un beso.

Celso:

A qué te referís con "entidad intermedia"? Y con "comisión anterior"? Venía todo clarísimo pero ahí me perdí.

Por otra parte, cómo es eso que le pagan sin recibo y sin aportes? En negro / no registrado?

A ver, consultá con el administrador / contador, si lo dieron de baja en la AFIP en el momento en que notificó que se había jubilado. Además, cómo notificó que se había jubilado? Si notificó fehacientemente y en virtud de esto es que lo dieron de baja, empezamos a contar la antigüedad de cero, como te decía antes. Si este es el caso, los reclamos que podrían hacerse son en virtud de estos últimos 6 meses. La otra opción que tienen es regularizarlo por estos últimos 6 meses e indemnizarlo por este período.[/quote]