Queridos colegos:
Que pasa si la Dirección de Rentas, tras notificar a un contribuyente titular de una deuda por el impuesto Ingresos Brutos, se comunica en el domicilio del mismo que éste ha fallecido. Pero ésta situación no ha sido declarada por sus familiares y asimismo rentas no ha tomado las medidas tendientes a probar este fallecimiento. Puede iniciarse el juicio por Apremio a nombre de los sucesores tratandose de éste impuesto? No estamos frente a una falta de legitimacion pasiva? Que medidas deberá tomar rentas antes de culminar la instancia administrativa a los fines de verificar ésta circunstancia?
Gracias desde ya.
Maria
Que pasa si la Dirección de Rentas, tras notificar a un contribuyente titular de una deuda por el impuesto Ingresos Brutos, se comunica en el domicilio del mismo que éste ha fallecido. Pero ésta situación no ha sido declarada por sus familiares y asimismo rentas no ha tomado las medidas tendientes a probar este fallecimiento. Puede iniciarse el juicio por Apremio a nombre de los sucesores tratandose de éste impuesto? No estamos frente a una falta de legitimacion pasiva? Que medidas deberá tomar rentas antes de culminar la instancia administrativa a los fines de verificar ésta circunstancia?
Gracias desde ya.
Maria