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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #476373  por Fabricio
 
Hola buenas tardes, antes que nada, perdón si se ha planteado un caso similar, o si la consulta la estoy haciendo en el lugar equivocado...

Pero usando el buscador no encontré otra cosa mas que éste subforo...

Bueno mi problema es el siguiente:

Tuve un accidente laboral el 9 de julio del corriente año, un intento de asalto que concluyó con la Rotura del Hueso propio (Tabique)...

Ya fui atendido, operad y dado de alta, por la ART... Hará un mes y medio...

Justo antes de que me den el alta, me contacto un abogado laboral, para iniciar una demanda a la ART por incapacidad (yo desconocía que se podía hacer eso) el abogado me hizo ver por un médico particular el cual dijo que se puede iniciar una demanda por incapacidad.. El médico que me dio el alta me lo dio con "Incapacidad a corroborar"

Ahora bien, el abogado me dice que el inicio la demanda, y que queda esperar la junta médica. El dice que ha manejado varios casos de éste estilo y que siempre hace llegar a un arreglo y obtener el dinero que supuestamente deberían pagarme...

Hablando con un compañero de trabajo me explica que sus abogados, le dijeron todo lo contrario, y que le hicieron hacer un proceso totalmente distinto (Otro caso, y otro tipo de accidente) y que en estos días cobrará la cantidad que realmente debe cobrar, luego de dos años del accidente...

Mi pregunta es, dejo que mi Abogado arregle con la ART? O mejor sigo adelante con la demanda para cobrar lo que realmente deben pagarme?

Lo que tampoco sé es cuanto será el porcentaje de incapacidad, ya que he escuchado varias versiones.
Si es quebradura, el monto es mayor, que si es una operación sin quebradura... Lo mío es en la nariz y no tengo "molestias laborales" por así decirlo...

Espero haber sido claro y recibir respuestas para sacar mis dudas...

Desde ya muchas gracias a todos!

Saludos!
 #476386  por doctordoctor
 
No podemos darte respuestas en particular...

Solamente puedo decirte que hay un procedimiento a seguir (intimar art, que esta te fije un % de incap -si lo hubiera-, si no estas de acuerdo, impugas y vas a un organo superior que son las comisiones medicas...) o bien los abogados plantean inconstitucionalidades y van a lo judicial directamente (demanda).

La suma que percibirias sale de una formula que tiene como uno d elos parametros el % de incapacidad que segun el daño va por rangos suponete entre 1 y 5 %, el tema esta en que la art para pagarte menos siempre fija montos lo mas bajos posibles.. y es ahi donde se dispara las impugnaciones y esas cosas...

No se de que arreglo habla tu abogado... con la art, tiene que existir un dialogo (via telegrama o carta documentos) antes que nada, para que esta diga algo, si quedo incapacidad o si no quedo incapacidad y apartir de esto hay diferentes caminos para tomar.
 #476391  por Fabricio
 
Gracias por la pronta respuesta...

El arreglo del que habla, dice que es luego de la junta médica...

El presenta la demanda, la ART hace la junta médica, y luego de eso es cuando arregla con ellos...

Lo del cálculo lo sé, ya que encontré la formula en la red...

Luego del alta médico, cuanto se demora en hacer la junta médica? No importa si pasa mucho o poco tiempo...?