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  • Audiencia 454 CPPN

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 #467539  por firoe
 
Es mi primer causa penal, soy letrada de la querella, logré el procesamiento por homicidio culposo de dos imputados y ambos apelaron tanto el procesamiento, como el embargo. Nunca estuve en un debate oral en cámara (tampoco en 1º instancia). Alguien me podría decir si puedo llevar por escrito mi planteo para solicitar confirmación del procesamiento? Se podrán ir a ver audiencias previas para ver cómo se desarrollan?
Mis clientes podrán exponer en la audiencia o sólo yo lo haré por ellos?. Gracias a quién me pueda dar una mano
 #467961  por Dr. Neurus
 
Audiencias:

Art. 454 CPPN. - Siempre que el tribunal de alzada no rechace el recurso con arreglo a lo previsto en el artículo 444, segundo párrafo, en el plazo de TRES (3) días se decretará una audiencia, la cual no se realizará antes de CINCO (5) días ni después de TREINTA (30) días de recibidas las actuaciones.

La audiencia se celebrará con las partes que comparezcan, pero si el recurrente no concurriera, se tendrá por desistido el recurso a su respecto.

Una vez iniciada la audiencia, inmediatamente se otorgará la palabra a el o los recurrentes para que expongan los fundamentos del recurso, así como las peticiones concretas que formularen, quienes podrán ampliar la fundamentación o desistir de algunos motivos, pero no podrán introducir otros nuevos ni realizar peticiones distintas a las formuladas al interponer el recurso. Luego se permitirá intervenir a quienes no hayan recurrido y finalmente se volverá a ofrecer la palabra a todas las partes con el fin de que formulen aclaraciones respecto de los hechos o de los argumentos vertidos en el debate.

El juez que preside la audiencia y, eventualmente los demás jueces que integren el tribunal, podrán interrogar a los recurrentes y a los demás intervinientes sobre las cuestiones planteadas en el recurso y debatidas en la audiencia.

La audiencia será pública.

Saludos.
 #467966  por Dr. Neurus
 
CAPITULO III: Recurso de apelación (artículos 449 hasta 455 del CPPN).

Saludos.
 #468122  por Moniluj
 
Un escrito no podés presentar, como bien te señaló Dr. Neurus, pero sí podés tener un "ayuda memoria" para vos, con los puntos que querés remarcar y que no querés olvidarte. Recordá que lo "bueno y breve, dos veces bueno". Si podés tratá de que te acompañe algún/a colega o asistente, porque cuatro oídos escuchen mejor que dos y luego si debés (que seguro que sí) volver a tomar la palabra, habrá otras cosas que considerar para dar por concluida tu exposición. Mucha suerte!
 #468182  por firoe
 
Gracias a todos, intentaré previamente asistir a alguna audiencia para ver cómo funciona el tema en la práctica, como son públicas, entiendo no tendré problema para presenciarlas.
Alguién sabe si debo anunciarme antes en la Sala correspondiente? o me dirijo directamente al reciento donde se llevan a cabo las mismas?
 #475055  por dravicka
 
Hola: estoy leyendo todos tus post porque yo ando en los mismos pasos que vos, ya me informaron en la fiscalia que me dieron vista del 346 pero todavia no me llego la cedula, estoy buscando un modelito capaz alguien lo pasa, igualmente si yo consiguo te lo paso, ademas de querellante sos actor civil?
Pudistes ir a ver alguna audiencia? Me recomendaron que vaya preparando en borrador mis alegatos pero de este tema cero, toda la informacion que recolecte te paso porque te va a ser util,saludos Virginia
firoe escribió:Gracias a todos, intentaré previamente asistir a alguna audiencia para ver cómo funciona el tema en la práctica, como son públicas, entiendo no tendré problema para presenciarlas.
Alguién sabe si debo anunciarme antes en la Sala correspondiente? o me dirijo directamente al reciento donde se llevan a cabo las mismas?
 #476399  por firoe
 
Previo a asistir a mi propia audiencia en la Cámara, dos días antes solicité asistir como público y el tribunal no se opuso. De hecho, son audiencias públicas. Eso me resultó muy útil para saber cómo efectuar mis planteos, cómo actúa el tribunal, cuánto tiempo se dispone para exponer, etc.
Lo recomiendo a todos los que tengan que asistir por primera vez.
SIGO ESPERANDO SI ALGUIEN TIENE UN MODELO DE REQUERIMIENTO DE ELEVACION A JUICIO. SE ME VENCEN LOS PLAZOS.
GRACIAS