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  • PODER LABORAL - AMPLIACION ??

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #476931  por dan57
 
queria hacer la siguiente pregunta: ya le hice sacar a mi cliente un poder laboral en lavalle 1554 para un reclamo por art 80 LCT y multas ... ya tengo el talón y todo
el tema es que despues de un tiempo me di cuenta que puedo pedir mas en la demanda, y aca es entonces donde me surge si tengo que ampliar el poder ?? en caso de que si, como es el tramite ??
o si puedo hacer directamente un nuevo poder sobre el otro reclamo que me quedo afuera en el anterior poder ... se entiende ???
 #477061  por Romina34
 
te recomiendo que consultes en el Juzgado.
saludos,
 #477116  por dan57
 
pero todavia no esta sorteada la causa, por ende no tengo juzgado asignado aun ...
lo mas probable es que la demanda al abarcar mas rubros no contemplados en el poder originario que tengo, el juzgado, antes de dar tarslado de la demanda, me intime a ampliar o algo asi
 #477348  por carlosmarcelo
 
Podrias hacer un poder general, judicial y administrativo de manera que puedas desenvolverte mejor, en caso de que te surja otra situacion como esta, lo haces ante un escribano, tu cliente la hace a tu favor.
 #478000  por Anibalinlaw
 
Presentás la demanda con el poder tal como lo tenés, dejando constancia en el escrito que tu cliente te dió mandato. La demanda se la hacés firmar a tu cliente por propio derecho. Antes de que se corra el traslado te presentás personalmente en el Juzgado asignado con tu cliente y le hacés que te dé poder ahí para demandar al resto no contenido en el poder de la Cámara. Se entiende? A mi me funcionó. Si no te convence lo que te cuento, yo en tu lugar consultaría en Lavalle 1554.- Saludos.-
 #478145  por dan57
 
Anibalinlaw escribió:Presentás la demanda con el poder tal como lo tenés, dejando constancia en el escrito que tu cliente te dió mandato. La demanda se la hacés firmar a tu cliente por propio derecho. Antes de que se corra el traslado te presentás personalmente en el Juzgado asignado con tu cliente y le hacés que te dé poder ahí para demandar al resto no contenido en el poder de la Cámara. Se entiende? A mi me funcionó. Si no te convence lo que te cuento, yo en tu lugar consultaría en Lavalle 1554.- Saludos.-
pero puede mi cliente dar poder ahi en el juzgado mismo ?? no sabia que se podía .. se hace todo en mesa de entradas del juzgado el tramite ?? o tenes que tratar de que algun empleado este desocupado y hacer una especie de audiencia inprovisada ??
muchas gracias
 #478211  por picho1978
 
Perdon...Que es "que puedo pedir mas"??? Mas rubros? O demandar a mas personas???
En el poder se consigna el objeto Despido, Accidente, si e sun despido y lo q vas a agregar en la demanda es u nrubro mas no tiene sentido.
Si es demandar a mas gente ahi si haces un nuevo poder con los demandados que falten lo mandas al actor alavalle 1554 y lo adjuntas al otro.
 #478235  por dan57
 
cuando puse "puedo pedir mas ", me refería a poner mas rubros ... el demandado es uno solo ... el reclamo no es despido , sino art 80 LCT + multas (esto era lo que estaba en el poder) ... pero despues me di cuenta que puedo pedir tambien una indmenizacion por un articulo de otra ley