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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #47698  por marí­alore
 
Estimados foristas, les quería consultar acerca del siguiente caso:
Hombre nacido en 1941, aportes en relación de dependencia desde el 67 al 89 (22 años) con certificación de servicios.
Además tiene aportes como monotributista que aparecen en el sijip, pero cuando entro al Sicam SOLAMENTE le aparecen "pagos".
Es decir cuando consulto los datos personales aparece como una persona que nunca tuvo inscripción, no me aparece NADA, igual en la situación de revista, NO HAY SITUACION DE REVISTA ORIGINAL, nada.
El tema es que estos aportes son desde noviembre de 2001 hasta octubre de 2006 (no están TODOS los pagos) y yo quería saber cómo hacer para renunciarlos, hacer un cese ficto o algo por el estilo.
Agradeceré cualquier comentario. :roll:

 #47699  por Lucas010
 
utiliza en la parte de beneficios, el art.1 de la ley 21351. Saludos

 #47703  por marí­alore
 
[quote="Lucas010"]utiliza en la parte de beneficios, el art.1 de la ley 21351. Saludos[/quot

Gracias Lucas, pero mi duda es que como no está la situación de revista original, ni siquiera aparece la fecha de inscripción, no sé si tengo que cargarla yo o qué tengo que hacer. Sólo están los pagos. No sé si tomarlos del sijip y en el sicam sólo comprar lo que me falta, o si tengo que liquidar también eso. Es mi primer liquidación con monotributo.-

 #47724  por Ricardo
 
Hola!!!
No te hagas dramas por ello, no debes asociar número de cuenta, sólo verificá el PUC a fín de dar el alta y tené como referencia el último pago realizado para hacer el cese y tomes años de DDJJ mayor. Lo demás, lo condonás.
Espero haber ayudado en tu duda...
Cualquier cosita, consultá!
Saludos!

 #47735  por Lucas010
 
mira... te cuento como yo los hago. Lo que va por SIJP, es totalmente por afuera, por lo tanto el unico cuidado que tenes que tener es no incluir en el sicam en esos periodos, por que no te van a servir, ademas o aplica ek art. 1 a esos periodos.
Segunda cuestion, si hay pagos y no figura en datos personales una sit de rev que los contemple, yo la agrego. Despues si no los necesito aplico la caducidad (art 1...)...
Entendiste???

Bueno ahora te hago una que seria como las "mas facil" pone en la sit de revista un periodo que vaya desde el 10/1993 hasta la actualidad y aplica 21351 a toooooooodo el periodo", de esta manera te olvidas de todos los pagos y/o problemas que tengas, simultaneidad con aportes en RRDD" (aclaracion: si el tiene pago por monotr. tambien los vas a perder)
espero te ayude

 #47737  por marí­alore
 
Lucas010 escribió:mira... te cuento como yo los hago. Lo que va por SIJP, es totalmente por afuera, por lo tanto el unico cuidado que tenes que tener es no incluir en el sicam en esos periodos, por que no te van a servir, ademas o aplica ek art. 1 a esos periodos.
Segunda cuestion, si hay pagos y no figura en datos personales una sit de rev que los contemple, yo la agrego. Despues si no los necesito aplico la caducidad (art 1...)...
Entendiste???

Bueno ahora te hago una que seria como las "mas facil" pone en la sit de revista un periodo que vaya desde el 10/1993 hasta la actualidad y aplica 21351 a toooooooodo el periodo", de esta manera te olvidas de todos los pagos y/o problemas que tengas, simultaneidad con aportes en RRDD" (aclaracion: si el tiene pago por monotr. tambien los vas a perder)
espero te ayude
Gracias Lucas!!!!!!!!!! lo hago y después te cuento cómo me fue :wink:

 #47753  por ale2007
 
maríalore escribió:
Lucas010 escribió:mira... te cuento como yo los hago. Lo que va por SIJP, es totalmente por afuera, por lo tanto el unico cuidado que tenes que tener es no incluir en el sicam en esos periodos, por que no te van a servir, ademas o aplica ek art. 1 a esos periodos.
Segunda cuestion, si hay pagos y no figura en datos personales una sit de rev que los contemple, yo la agrego. Despues si no los necesito aplico la caducidad (art 1...)...
Entendiste???

Bueno ahora te hago una que seria como las "mas facil" pone en la sit de revista un periodo que vaya desde el 10/1993 hasta la actualidad y aplica 21351 a toooooooodo el periodo", de esta manera te olvidas de todos los pagos y/o problemas que tengas, simultaneidad con aportes en RRDD" (aclaracion: si el tiene pago por monotr. tambien los vas a perder)
espero te ayude
Gracias Lucas!!!!!!!!!! lo hago y después te cuento cómo me fue :wink:
OJO a todos los que aplican Ley 25321 para correr el cese ficto y tener mayor cantidad de años por DDJJ ya que si existe deuda, si se puede renunciar, pero si existen pagos, éstos no se pueden renunciar.
Esto por supuesto si con turno, si es una JAAP no hay problemas.
El Lunes pasado me rechazaron una en Lomas porque consideraba que si los pagos figuraban en el SIJP no se pueden desconocer y por ende se toma el último pago como fecha de cese a los efectos de la DDJJ
 #47867  por maria juana
 
UNA CLIENTA QUE CUMPLIO 60 AÑOS HACE UN MES Y AYER LLAMO AL 0800 DE ANSES Y LE DIJERON QUE HABIA UNA NUEVA MORATORIA PARA LAS MUJERES QUE LE FALTAN APORTES QUE NO ENTRAN EN LA MORATORIA LEY 24476......QUE SE DIRIGIERA A UN ABOGADO PARA QUE LE HICIERA LA JUBILACION POR ESTE NUEVO SISTEMA.....
ME PREGUNTO???? SERA LO QUE ESTAMOS HACIENDO DE SDM????
O SERA LO QUE HOY ESCUCHE EN CRONICA NOTICIAS....ALGO DE PAGOS ATRASADOS DE MONOTRIBUTO??????

ESPERO NOVEDADES.