Hola Liliana: gracias por orientarme, te cuento todavia no me llego la cedula de la vista del 346, una vez que la tenga voy a presentar el requerimiento como querellante, pero tengo una duda,tambien estamos constituidos en actor civil, y el CPPN dice que dentro de los 3 dias debo presentar la demanda civil pero esos 3 dias desde cuando los cuento? desde que me mandan la cedula para hacer el requerimiento de elevacion o en que momento?
Ademàs,existe la posibilidad de que me presten el expte o esto en penal no ocurre?
La ultima: los alegatos son como un resumen de la instrucciòn o que son los alegatos? hay que presentarlos por escritos o yo los leo durante el juicio oral?
Como querellante puedo pedir la condena para el imputado o solo tiene esa facultad la fiscalia?
Perdon por tantas preguntas pero es mi primer caso penal y estoy a full con esta causa leyendo una y otra vez el codigo de procedimiento pero tambien me surgen un monton de dudas que no sè de donde obtener las respuestas. Espero que me puedas ayudar desde ya muchas gracias virginia.
lilianasarda escribió:Contestate ya el requerimiento, ofreciste tus pruebas, analizaste las que metio la fiscalia, y las que pueda llegar a meter la defensa?,si tenes toda lafotocopia dela causa, miratela foja por foja, numera las hojas que te interesan con numeros propios del 1 en adelante para que no se te saltee ningun detalle., y prepara tu elevacion. Ya si queres podes ir preparando lentamente el borrador del alegato, que vas a ir modificando amedida que depongan los testigos, las partes , el MPF y la defensa.Acordate que vos hablas una sola vez y la defensa tiene dos oportunidades, cuidate ahi. Liliana.-