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  • falta de copias para traslado

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #477448  por mariajoseg
 
En un juicio de consignacion de pago por alimentos, resulta que se dio traslado de la demanda y me reconvinieron pero resulta que de la reconvencion faltan copias para traslado ( ami cliente), yo debo esperar que ello adjunten tales copias??, no incurren en alguna falta la parte demandada?
 #477458  por josefernandez
 
pero se te vence el plazo para contestar la reconvencion, plantea la nulidad pero vos tenes que probar e invocar el perjuicio que el mantenimiento de tal acto te ocaciona. adjunta la notificacion en original al expediente y NUNCA COPIA.-
 #477462  por orianalopez
 
es como dice el colega Josehernandez.. plantea la nulidad ! no dejes pasar el tiempo porque s ete vence el plazo para reconvenir.. saludos!
 #477605  por Pato272727
 
pudiendo sacar copia del expte. un planteo de nulidad te deja como un busca pleitos. Llamalo al colega y decile que le evitas la negligencia, te va a abrir un dialogo.
 #478277  por mariajoseg
 
les comento colegas, yo estoy por el actor, se dio traslado de la demanda de consigaciòn, y ellos reconvinieron, la reconvencion (escrito) se encuentra en el expediente, yo pregunte en el juzgado y me contestan que faltan copias, y por lo tanto no hay ninguna cedula echa y por lo tanto no se nos corrio traslado todavia.
 #478318  por federic0
 
mariajoseg escribió:les comento colegas, yo estoy por el actor, se dio traslado de la demanda de consigaciòn, y ellos reconvinieron, la reconvencion (escrito) se encuentra en el expediente, yo pregunte en el juzgado y me contestan que faltan copias, y por lo tanto no hay ninguna cedula echa y por lo tanto no se nos corrio traslado todavia.
Y qué le proveyeron a la contestación de demanda y reconvención?
 #478334  por javierhs
 
según el 120 del CPCC deben tener por no presentado el escrito del cuál no se hayan acompañado copias, salvo que subsane la omisión al día siguiente...

Así que deberían tener por no contestada la demanda, y se debe desglosar el escrito. Si ya se le venció le plazo, además rige el principio de preclusión, y tampoco podrá contestar demanda.
 #478335  por javierhs
 
leyendo mi mensaje veo que puede dar lugar a confusión... así que para mayor claridad copio a continuación el texto del art. 120 del cpcc de la provincia de bs. as.
ARTICULO 120: Copias. De todo escrito de que deba darse vista o traslado, de sus contestaciones y de los que tengan por objeto ofrecer prueba, promover incidentes, o constituir nuevo domicilio, y de los documentos con ellos agregados, deberán acompañarse tantas copias firmadas como partes intervengan. No cumplido este requisito, ni subsanada la omisión dentro del día siguiente, se tendrá por no presentado el escrito o el documento, en su caso, sin que se requiera intimación previa, y se dispondrá su devolución al interesado, dejándose constancia en el expediente.

La reglamentación de superintendencia establecerá los plazos durante los cuales deben conservarse las copias en la secretaría.
P.D: ¿cuándo vuelve el edit?
 #478337  por mariajoseg
 
Gracias javier, ya me voy a fijar, ya que me dijeron que notificaron a la parte demandada por falta de copias de la reconvenciòn.
Como se titularia el escrito??.
Agradezco mucho sus respuestas
 #478338  por javierhs
 
como preguntó un colega más arriba ¿que le proveyeron al contesta demanda y la reconvención?
 #478378  por sole10
 
Re: falta de copias para traslado
por mariajoseg el Sab Dic 12, 2009 9:48 pm

les comento colegas, yo estoy por el actor, se dio traslado de la demanda de consigaciòn, y ellos reconvinieron, la reconvencion (escrito) se encuentra en el expediente, yo pregunte en el juzgado y me contestan que faltan copias, y por lo tanto no hay ninguna cedula echa y por lo tanto no se nos corrio traslado todavia.mariajoseg
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No se corrió traslado,ergo,no hay cédula;no se entiende la consulta :?:
 #479120  por mariajoseg
 
Colegas me fijé en el expediente,y luego de la contestacion de la demanda y reconvencion por la parte demandada, hay un decreto de fecha "1-12-09 que dice que lo tiene al abogado por apersonado, por contestada la demanda y reconvencion, y que se de traslado (a nosotros) a la parte actora por 6 dias. PERSONAL."

Eso dice el decreto, pero a la vuelta de la hoja esta escrito con lapicera y dice: "2-12-09, no se remite cedula por falta de copias de copias para traslado".

y más abajo de esta anotación dice 11-12-09 y se notifica el abogado de la demandada firmando.(aclaro es apoderado)

Mi duda es si esa anotacion constituye o no una notificacion, y si corresponderia pedir el apercibimiento de devolucion del escrito si no adjunta copias.
 #479274  por javierhs
 
¿es en provincia de buenos aires?

Yo presentaría un escrito solicitando se tenga por no presentado el escrito y se devuelva al demandado, en los términos del art. 120 cpcc, pero no se que pueden llegar a proveerte...

Esperá a ver que contestan otros foristas...