Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • INCREÍBLE: ME IMPIDEN CONTACTO CON MI ASISTIDO. AUDIENCIA!!

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 #475568  por PiBeLeX
 
Bienamados colegas:
Nunca me pasó y nunca escuche que los hijos de un asistido al cual logré excarcelar y en pocos días en el marco de la ley de flagrancia de Provincia de Buenos Aires tiene una audiencia de finalizacion (acuerdo fiscal juez defensor) y no puedo verlo ya que me cortan o no me llaman. La juez me dijo en persona: "Doctor, usted tiene la obligación de traerlo, ya que no está detenido" y en un loable acercamiento de juez a la causa -cosa que no ocurre siempre pero esta juez trabaja en su juzgado de Garantías como un empleado mas- también me dijo: "mire que si no viene, se le declarara la rebeldía y volverá la DDI a buscarlo por la fuerza pública y ya no seremos tan buenitos"

No se que hacer, porque no quiero renunciar a la causa, por temor a que se considere un abandono. Voy a la casa personalmente? Le tengo que enviar una CD?
Tengo que ser "buchón" de la fiscal y decirle que no se encuentra para que le pidan la Captura?
A los penalistas: Les ha pasado algo así? Si es así, por favor cuentenmeló, porque no lo entiendo y llegue a pensar que sus hijos quieren ver a su padre preso para disponer de la casa, bienes, etc.

Gracias por siempre leerme!
Pibe LEX "Una antorcha en medio del camino negro" .
 #476640  por Moniluj
 
Hola: Mirá, si no te contestan es su problema, no el tuyo. Si no saben apreciar todo lo hiciste y lograste, allá ellos. Yo intentaría con una cd, como para que tu responsabilidad quede a cubierto y luego presentás la renuncia en el expediente, que más podés hacer? Debe ser un cliente bastante idiota para preferir quedar preso... Vos no te hagas problemas, ya hiciste todo lo que podías hacer.
 #477173  por PiBeLeX
 
Moniluj escribió:Hola: Mirá, si no te contestan es su problema, no el tuyo. Si no saben apreciar todo lo hiciste y lograste, allá ellos. Yo intentaría con una cd, como para que tu responsabilidad quede a cubierto y luego presentás la renuncia en el expediente, que más podés hacer? Debe ser un cliente bastante idiota para preferir quedar preso... Vos no te hagas problemas, ya hiciste todo lo que podías hacer.
gracias Moni por tus palabras y si es realmente un idiota otra no sé que pensar!
LA NUEVA: Hoy vuelvo a llamar a uno de los hijos y me termina diciendo: "Ojo que mi viejo conoce muchos polícías y estuvo embarcado así que el juez vá a valorar eso ehhh" :mrgreen: "que entre ellos arreglan ehhh" ( SIC )
Encima de idiotas DEBEN CÍVICA *leo*
O sea que si le vá bien... FUÉ POR LOS CONTACTOS!!!
EN FIN HAY QUE TRATARLO CON HUMOR SINO ME AGARRA ATAQUE!!!

SALUDOS!!!!!
 #478049  por Moniluj
 
Si realmente supieran valorar tu trabajo! Mirá, no sólo los clientes creen que con contactos se arregla todo, hay abogados que se dan la cabeza contra la pared, porque le venden al cliente "contactos= espejitos de colores" y luego no saben que cara poner, cuando todo empieza a salir en contra.
Vos no te preocupes más, presentá la renuncia como corresponde. Avisales por teléfono que lo vas a hacer, "el que avisa no traiciona" y da las razones.
Sacate el asunto de encima, ya no vale la pena. Si se asustan te van a rogar que no renuncies, y hasta puede que luego te vuelvan a necesitar y te llamen. Mucha suerte!"
 #478326  por 152bis
 
Con el procedimiento de Flagrancia, dentro de los cuarenta dias de aprehendida la persona y recibido el 308, el fiscal debe elevar a juicio la causa, para lo cual se hace una audiencia MULTIPROPÒSITO por la cual allì se plantean entre la Defensa, el Fiscal y el Juez de Garantías las distintas alternativas de terminación del proceso.
Esta audiencia de finalización debe ser sì o sì presenciada por el imputado, de no ser asì se suspende la flagrancia y se decreta, de acuerdo a la gravedad del delito la captura o averiguación de paradero del imputado. He visto casos en donde por un hurto se ha insertado el paradero, y otros como un robo agravado por efracción en tentativa donde se ha revocado la excarcelación y automàticamente el juzgado ha librado la òrden de detención.

Lo que deberìas hacer es renunciar al patrocinio, y que la Defensa Oficial tome tu lugar.