COLEGAS a ver si pueden darme una manito en esto. Tengo que inscribir una sentencia de divorcio. La sentencia data del año 1989 es de provincia, al expediente lo saque de paralizado, no tuvo mas movimiento desde esta sentencia. nunca se inscribio ni la letrada anterior dio cuenta del pago de sus honorarios ni aportes. yo me presenté y notifiqué de la sustitución de patrocinio a la letrada. Pedí la inscricpion y como es lógico, el juez previa inscricpción pide se dé cumplimiento al art.21 de la ley 6716 respecto a los honorarios. Yo intenté comunicarme con la letrada anterior pero la dirección que declara en el colegio donde esta inscripta ya no existe, y además no consigo siquiera su teléfono! aca es donde no se que postura tomar, mi cliente pagaría los aportes.. pero.. que debería hacer en este caso? manifestarle al juez que los honorarios han sido abonados y que no tuvo mas contacto con la letrada y que además no tengo forma de comprobarlo? que pagaré los aportes correspondientes respecto al 10 % a cargo del cliente? ustedes que harían?? tengan en cuenta que los honorarios fueron fijados en valor jus arancelarios y, por lo que averigué tendría que mandar a actualizar el valor a la caja previsional. Cualquier consejo servirá de mucho!! gracias.
Alejandra
Alejandra