Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • SUCESION PCIA. DE BS.AS.

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #478058  por anacilio
 
Hola a todos, estoy haciendo una sucesión y ando medio perdida. Ya acredité la publicación de edictos y peticioné se dicte la declaratoria de herederos, como no pagué nada todavía hice el trámite para averiguar la valuación fiscal del único inmueble que conforma el acervo hereditario. Cómo sigue? Hay algún trámite que podría ir haciendo para ganar tiempo o el juez me va a ir indicando los pasos a seguir?? Mis clientas me preguntan todo el tiempo y están apuradas por vender?? Muchas gracias por su colaboración.
 #478104  por sole10
 
anacilio escribió:Hola a todos, estoy haciendo una sucesión y ando medio perdida. Ya acredité la publicación de edictos y peticioné se dicte la declaratoria de herederos, como no pagué nada todavía hice el trámite para averiguar la valuación fiscal del único inmueble que conforma el acervo hereditario. Cómo sigue? Hay algún trámite que podría ir haciendo para ganar tiempo o el juez me va a ir indicando los pasos a seguir?? Mis clientas me preguntan todo el tiempo y están apuradas por vender?? Muchas gracias por su colaboración.
¿Dónde tramita el sucesorio?
 #478250  por sole10
 
anacilio escribió:En Morón, Juzg. 5 civil y ccial.
A mi jurisdicción me llamaron,anacilio,tengo 2 sucesiones en ese Juzgado.
Para ganar tiempo,pero no ahora sino en febrero de 2010,hacé hacer el estado parcelario por un agrimensor (si lo hacés ahora no te sirve ya que el mismo vence el 31 de diciembre año calendario -ergo,2009-);una vez que tengas el estado parcelario,confeccionás el certificado de catastro (que te va a indicar el monto sobre el cual pagar la tasa y sobretasa de justicia,de acuerdo al porcentaje que se transmite por sucesión),certificados de dominio e inhibición (estos 3 certificados los podés tramitar por el servicio de diligenciamiento que tiene el Colegio en Planta Baja de Tribunales,te salen mas económicos).
Una vez que tengas estos certificados,haces la Declaración Jurada,pagas la tasa y sobretasa,adjuntás todo con un escrito dónde,al mismo tiempo,solicitás regulación de tus honorarios (describiendo detalladamente tu actuación en cada etapa del juicio sucesorio-incluída la inscripción del mismo-,manifestándo también el beneficio de tu actuación respecto a los herederos y la masa hereditaria).
Cualquier cosa,preguntá.
Saludos.
 #478512  por anacilio
 
Gracias Sole10, ahora te pregunto, cómo confecciono el certificado de catastro?? Para la Declaración Jurada pido un frmulario en el Colegio??
Mil gracias por responder.
 #478548  por sole10
 
anacilio escribió:Al pepe hice el trámite a Catastro para saber la valuación fiscal???
No,Ana,rectifico:lo que vence es el certificado de catastro,no el estado parcelario (ese,el año que viene te sirve)PERDON!!!!!!!!!
El formulario de certificado de catastro lo compras en la sede que tiene el Colegio en la planta baja de Tribunales,lo completas siguiendo los datos denunciados en el estado parcelario,luego lo mandas a diligenciar a La Plata;y el de Declaraciòn Jurada,lo bajas de la pàgina de cualquier Colegio.
Disculpas nuevamente.