Una consulta...corresponde abonar SAC sobre indemnización por antigüedad (art. 245 LCT)
Gracias!
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feNA escribió:Fallo Plenario N° 322Esto en capital.
Acta N° 2.547
En la Ciudad de Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los diecinueve días del mes de noviembre de 2009; reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal ......................
el TRIBUNAL por MAYORíA, RESUELVE: Fijar la siguiente doctrina:------------------------------------------------------------------------------------------- “1°) No corresponde incluir en la base salarial prevista en el primer párrafo del artículo 245 de la L.C.T., la parte proporcional del sueldo anual complementario.---
2°) Descartada la configuración de un supuesto de fraude a la ley laboral, la bonificación abonada por el empleador sin periodicidad mensual y en base a un sistema de evaluación del desempeño del trabajador, no debe computarse a efectos de determinar la base salarial prevista en el primer párrafo del artículo 245 de la L.C.T.”.--------------------------------------------------------------------------------------------
Con lo que terminó el acto, firmando los señores Jueces y el señor Fiscal General ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, previa lectura y ratificación, por ante mí. Doy Fe.-----------------------------------------------------------------------------
asique chau SAC ......