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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #479582  por Eufemia
 
Hola a todos, tengo una sucesión en la cual se dunenuncia hasta el momento como unico bien un vehiculo el cual ha sufrido un siniestro por el cual perdiere la vida el titular del mismo, para que puedan cobrar el seguro los herederos, tengo que tramitar el oficio al Registro de la Prop. Automotor a fin de inscribir a nombre de los herederos y dar de baja.............. el tema es que el oficio está tardando y mucho por q además me piden informe de dominio e inihibiciones.
Comentando el tema con unos colegas me sugieren que deje un escrito proponiendo un administrador de la Sucesión ( con la unanimidad de todos los herederos), y que con el proveido del juez más la DH certificada, inscriba en el Registro correspondiente a los herederos y tramite la baja.
Alguien lo hizo alguna vez???, me podran orientar un poco..... por que en el Registro me dicen que solo mediante oficio.
Gracias!!
 #480970  por sole10
 
Las inscripciones en los registros se hacen siempre por oficio.
El nombramiento de administrador no cambia en nada la cuestiòn.
Los pedidos de certificados de dominio e inhibiciòn en sucesiones,son un paso obligatorio cuando se trata de inscripciones registrales.