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  • Honorarios judiciales contra ANSES

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #480836  por ivanez
 
Hola:
Les comento que tengo $1995 de honorarios regulados en un amparo, y la condenada en costas es la Anses.
Cuando fuí a hablar con el apoderado de Anses, me dijo que contra dicho ente no se puede hacer ejecucion de honorarios, ni de sentencias, y que los trámites para cobrarlos se realizan en Buenos Aires (soy de la Provincia del Chaco). Ademas agregó que si presento los trámites ahora, recien entraría para el presupuesto del 2011, es decir que en ese año cobraría.
La verdad que me dejó plasmado, en ese caso esperaría a que se me junten varios honorarios en mis amparos para hacer semejante trámite.
Alguien alguna cobró honorarios al ANSES? Como se hace?
Gracias
 #480974  por HectorCarbone
 
Ivanez,si vos sos de la Pcia.de Chaco,y tenés honorarios regulados judicialmente contra ANSES,PODÉS iniciar la ejecución de honorarios en el Juzgado Federal de tu provincia, sin hacerlo en Buenos Aires; la ejecución es como cualquier ejecución de honorarios, hay que acompañar copia certificada de la sentencia y cédula de notificxción de la misma.En cuanto a que podrás cobrar el pxmo.año,es cierto porque lo hacen de acuerdo al presupuesto anual,cuando hacen la reserva de la partida presupuestaria anual.(Art.499 CPCCN).Espero te sirva. Héctor
 #481583  por ivanez
 
HectorCarbone escribió:Ivanez,si vos sos de la Pcia.de Chaco,y tenés honorarios regulados judicialmente contra ANSES,PODÉS iniciar la ejecución de honorarios en el Juzgado Federal de tu provincia, sin hacerlo en Buenos Aires; la ejecución es como cualquier ejecución de honorarios, hay que acompañar copia certificada de la sentencia y cédula de notificxción de la misma.En cuanto a que podrás cobrar el pxmo.año,es cierto porque lo hacen de acuerdo al presupuesto anual,cuando hacen la reserva de la partida presupuestaria anual.(Art.499 CPCCN).Espero te sirva. Héctor
Gracias:
Claro, la idea era tratar de cobrarlos extrajudicialmente para evitar el incidente de ejecucion de honorarios.
Ahora pregunto: Cuando libran el mandamiento de embargo y citacion de venta, que se embarga a ANSES?... Nunca ejecuté honorarios a una entidad pública.
 #482321  por HectorCarbone
 
No a ANSES NO LE EMBARGAN, LE NOTIFICAN LA SENTENCIA POR CEDULA U OFICIO, Y UNA VEZ NOTIFICADA,Y FIRME LA SENTENCIA, VOS INICIAS EL INCIDENTE DE EJECUCION ACOMPAÑANDO COPIA CERTIFICADA DE LA SENTENCIA Y CEDULA NOTIFICATORIA QUE LA PEDIS DEL PROPIO JUZGADO QUE INTERVINO Y LA PRESENTAS EN LA DELEGACION (UDAI)LOCAL DE ANSES.ELLOS LA PÁSARAN A SU SECTOR LIQUIDACION PARA EL MOMENTO OPORTUNO.- HECTOR
 #486364  por karibu
 
Hola!
estoy en la misma situacion. Tengo q cobrar honorarios de Ansesw y no sabia como era.
Pregunta: la sentencia pido q m la certifiquen en el juzgado?
Y la UDAI a la q m dirija a dejar la copia de sentencia y la cedula va acompañada de escrito ?
Muchas gracias!!!
Y Feliz Año!!
 #488644  por ivanez
 
karibu escribió:Hola!
estoy en la misma situacion. Tengo q cobrar honorarios de Ansesw y no sabia como era.
Pregunta: la sentencia pido q m la certifiquen en el juzgado?
Y la UDAI a la q m dirija a dejar la copia de sentencia y la cedula va acompañada de escrito ?
Muchas gracias!!!
Y Feliz Año!!
Supongo que si, algo simple nomas, de acuerdo a la informalidad en el procedimiento administrativo.