Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • DEMANDA INTERRUPTIVA DE LA PRESCRIPCION

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #476669  por fcor
 
Hola!!
Alguien será tan amable de mandarme un modelo de demanda interruptiva de la prescripción... muchas gracias!!
 #477293  por satur06
 
estimado......................el modelo de la demanda para interrumpir la prescripcion es similar a la estructura de una demanda comùn, pero mas light............no te olvides que es para interrumpir...........y asi entendido se considera que no tenes o no hay tiempo de estructurarla de acuerdo a lo prescripto por el 330 cp....................personalmente como titulo agrego demanda para interrumpir prescripciòn y despues hago un mero detalle del hecho y sin consignar monto...........pero no se de que se trata tu tema......chau
 #477298  por viko
 
primera vez que escucho eso de "demanda para interrumpir prescrpcion"
parece como "atarlo con alambre" por falta de tiempo para una demanda como la gente
en rigor, la demanda que corresponde a la defensa del derecho que intentas hacer valer, es la que interrumpe la prescripcion. saludos
 #477481  por gaston ramiro gonzalez
 
Hola viko : Se me ocurre que, con sustento en el 3886 del Código ( " La prescripción se interrumpe por demanda (...) aunque fuere defectuosa "), debe existir una estrategia judicial de interponerla para interrumpir, con ese solo objetivo, sin importar en verdad la calidad de la cuestión de fondo. Saludos.
 #477489  por cdiriarte
 
Hola Viko; nuestra jurisprudencia tiene decidido que: "La solicitud del beneficio de litigar sin gastos interrumpe la prescripción pues el término demanda empleado en el Art. 3986 del CC debe entenderse en sentido amplio, como toda presentación judicial que traduzca la intención de mantener vivo el derecho de que se trate" (CNCiv, Sala D, 2002/02/28 - Skoumal, Alfredo N. c/ Editorial Atlántida SA, LL 2002-D-97). "El beneficio de litigar sin gastos, en la medida que es una manifestación de voluntad del titular de mantener vivo su derecho y de hacerlo valer en contra de su presunto deudor, es interruptivo de la prescripción en los términos del Art. 3986 del CC" (CNCiv., Sala M, 8/11/2000 - Pattacini, Ludovico vs. Cabrera, Oscar, JA 2001-III-710). "En los términos del Art. 3986 del CC la demanda a que allí se alude debe considerarse en sentido amplio, incluyendo las medidas preparatorias, máxime cuando el peticionante consigna expresamente que al promoverlas pretende interrumpir la prescripción. La interrupción rige durante todo el tiempo que dure el procedimiento" (CCiv. Com. y Trab. Reconquista, 16/10/96 - Cosecha Cooperativa de Seguros Ltda. vs. Vocentín Celestino A., JA 1999-III-síntesis). Suerte.
 #477851  por viko
 
no me gusta eso de interrumpir la prescripcion con una demanda "asi nomas"
pues si la demanda no prospera, por defectuosa, vuelve a correr el plazo de prescripcion. Se tiene como no interrumpida.
de ultima, interrumpir con cualquier cosa...pero despues, ampliarla y arreglarla antes del traslado.
saludos
 #478068  por satur06
 
Estimados colegas..............la demanda para interrumpir prescripcion no es nada raro,,,,,,,,,,lean el codigo de procedimientos y veran que por mas defectuosa que sea la misma hasta tanto se efectue el traslado respectivo todo se puede ampliar o modificar..............todo se trata de leer y buscar en los codigos y en especial en los comentados...........................yo he presentado cuando estoy ajustado y con la prescripcion encima este tipo de demandas y no he tenido problemas.......................todo se trata de leer ......perdòn es mi humilde opiniòn..........
 #478099  por miriam66
 
En el sumario, en la MATERIA le ponés por ejemplo "Daños y perjuicios - tema XXXXXXX DEMANDA INTERRUPTIVA DE LA PRESCRIPCION"

PROMUEVE DEMANDA DE DAÑOS Y PERJUICIOS Y BLAH BLAH, INTERRUPTIVA DE PRESCRIPCIÓN. RESERVA DERECHO A AMPLIAR.

El resto es una demanda común, en el PETITORIO le ponés "Se tenga presente que este libelo proesal es al solo efecto de interrumpir la prescripción y requiero a VS no ordene traslado de la demanda hasta que se amplíe la misma dado que esta parte se encuentra reuniendo material necesario para el trámite de la acción. Se tenga presente la reserva efectuada de ampliar demanda.
 #482517  por CARLOSPATRICIO
 
cdiriarte escribió:Hola Viko; nuestra jurisprudencia tiene decidido que: "La solicitud del beneficio de litigar sin gastos interrumpe la prescripción pues el término demanda empleado en el Art. 3986 del CC debe entenderse en sentido amplio, como toda presentación judicial que traduzca la intención de mantener vivo el derecho de que se trate" (CNCiv, Sala D, 2002/02/28 - Skoumal, Alfredo N. c/ Editorial Atlántida SA, LL 2002-D-97). "El beneficio de litigar sin gastos, en la medida que es una manifestación de voluntad del titular de mantener vivo su derecho y de hacerlo valer en contra de su presunto deudor, es interruptivo de la prescripción en los términos del Art. 3986 del CC" (CNCiv., Sala M, 8/11/2000 - Pattacini, Ludovico vs. Cabrera, Oscar, JA 2001-III-710). "En los términos del Art. 3986 del CC la demanda a que allí se alude debe considerarse en sentido amplio, incluyendo las medidas preparatorias, máxime cuando el peticionante consigna expresamente que al promoverlas pretende interrumpir la prescripción. La interrupción rige durante todo el tiempo que dure el procedimiento" (CCiv. Com. y Trab. Reconquista, 16/10/96 - Cosecha Cooperativa de Seguros Ltda. vs. Vocentín Celestino A., JA 1999-III-síntesis). Suerte.

Coincido, demanda en el sentido de acto procesal tendiente a abrir la instancia judicial, el cual denota el claro proposito de perseguir el cobro del credito.-
 #482756  por noeliap
 
hola te mando la primera parte de lo q deberia poner para q interrpumpa el resto es igual a una demanda1
saludos!

INICIA DEMANDA DE DAÑOS Y PERJUICIOS

Señor Juez:

+++++++++++, abogado apoderado por la actora (C.P.A.C.F. Tomo ++ folio +++; constituyendo domicilio legal en la calle ++++++++++++, oficina +++, casillero ++, Capital Federal - +++, a V.S. me presento y respetuosamente digo:

I-PERSONERÍA

Que vengo en nombre y representación de la ++++++, con domicilio real en la calle ++++++, de la localidad de +++++++++, Provincia de Buenos aires, de nacionalidad Argentina, nacida el ++++++, de estado civil divorciada, acreditando identidad con D.N.I. Nro. ++++++++, conforme lo justifico con la fotocopia del poder general que adjunto acompaño, debidamente certificada.

II. OBJETO
Que vengo a promover demanda por indemnización de daños y perjuicios contra el Sr. ++++++++++, con D.N.I. Nº++++++++++, en su carácter de titular dominial y contra la Sra. ++++++++, con D.N.I. Nº++++++++++++, en su carácter de conductora, ambos con domicilio en la calle+++++++++++++de Buenos Aires y +++++++++++con domicilio en la ++++++++++++1°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, citada en garantía art. 118 de la Ley 17.418, en su carácter de aseguradora, para que en su momento se los condene a abonar la suma de pesos ++++++++++ ($ ++++++++o lo que en mas resulte de la prueba a producirse, con mas sus intereses y costas, por las razones de hecho y de derecho que a continuación expondré.

Reservo el derecho de solicitar la actualización de la suma reclamada, conforme el coeficiente de Estabilización de Referencia o el sistema o índice que lo reemplace, en caso de ser derogado o dejado sin efecto el artículo 7° de la Ley 23.928 y el artículo 5° del Decreto 214/02.

III. INTERRUMPE PRESCRIPCIÓN. SUSPENDA TRASLADO HASTA SU AMPLIACIÓN

b.- Interrumpe prescripción :

Que de conformidad con lo establecido en la Ley 25661 vengo a interponer demanda al efecto de interrumpir la prescripción de la acción, reservándonos expresamente el derecho a ampliar la demanda tanto en sus hechos, prueba o el derecho invocado.

Pero a todo evento, y habiendo perdido contacto con mi cliente, vengo a interponer la presente al solo efecto de interrumpir la prescripción solicitando se suspenda el traslado de la demanda hasta su efectiva ampliación, reservándome el derecho de ampliarla en cuanto a hechos prueba y derecho.


espero t sea util! saludos!