Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • plazo para poder demandar al GCBA

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #482583  por garciaalvarez
 
En Nov. de 2005 un arbol se derrumbó sobre mi pequeño auto, yo todavia estaba en la fac. tratando de recibirme de abogado, situacion que me costó un monton por el hecho de tener hijos y una familia a la que mantener.
Mi reclamo comenzó con un expte adm. y prospero hasta que un dia me llego una cedula donde me hacian lugar al reclamo y me ofrecian 900 $, segui reclamando Lo ultimo que recibí fue una cedula que llegó el 25 de set. de 2009 donde dice en una de sus partes...
habiendo quedado firme y consentida la resolucion...que hace lugar al reclamo por la suma de 900 $, se lo intima a prestar conformidad a la suma antes mencionada haciendo expresa renuncia a iniciar cualquier tipo de reclamo...

La duda que tengo es que plazo tengo como para iniciar la presentacion por daños o ya estoy al horno!
 #482668  por josefernandez
 
fíjate la ley de procedimiento de ahí, hay un articulo donde dice que vos una vez agotada la vía administrativa tenes 30 días (acá en Neuquén) para interponer la demandad, que en ese caso la competencia seria contenciosa.-
ahora agotaste la vía admi? es decir se expidió el Gob. o otro organismo, si se expido el gob por medio de decreto, quedo agotada la vía administ y queda a tu criterio accionar ante la justicia.-
si se expidió otro organismo inferior y vos reclamaste ante el Gob, interpone amparo por mora, a los efectos de que se expida el Gob.-
Ahora, bien tu tema acá en Neuquén, no es necesario iniciar acciones legales con competencia contenciosa, hay que ir vía civil, también tendrías que ver que dice la jurisprudencia de ahí
.-