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LISANDROVOLVIO escribió:"MEDIDAS DE ACCION POSITIVA PARA GARANTIZAR LA IGUALDAD REAL DE OPORTUNIDADES Y DE TRATO", LES SUENA?Comparto...
DISCRIMINAR: PRIVAR ARBITRARIAMENTE A UNOS DE LO QUE SE LES CONCEDE A OTROS SÓLO TOMANDO EN CUENTA SUS CONDICIONES PERSONALES Y DEJANDO DE LADO SUS PROPIOS MÉRITOS.
"USTED NO SE PUEDE CASAR PORQUE ES HOMOSEXUAL".
VERDAD ABSOLUTA PER SE???
PARA LA IGLESIA TAL VEZ SÍ, PARA EL DERECHO, EN ABSOLUTO.
EL ORDENAMIENTO JURÍDICO DEBE SER INTERPRETADO COMO UN TODO ARMONIOSO Y BUSCANDO LA COMPATIBILIDAD DE SUS NORMAS DE DIVERSA JERARQUÍA.
AQUÍ ESTÁ EN JUEGO EL DEBER DEL ESTADO DE RESPETAR AL DIFERENTE Y DARLE LA OPORTUNIDAD DE EJERCER LOS DERECHOS DE QUIENES CONFORMAN LAS MAYORÍAS.
DE ÚLTIMA, CABE PREGUNTARSE: ¿A QUIEN PERJUDICA UN HOMOSEXUAL QUE CONTRAE MATRIMONIO? ¿DONDE ESTÁ EL PERJUICIO A TERCEROS? ¿SE VULNERA EL ALTERUM NON LEADERE? Y DE SER ASÍ, ¿DE QUÉ MODO Y EN QUÉ MEDIDA?
LAS NORMAS QUE CONSAGRAN LA IGUALDAD REAL VAN MUCHO MÁS ALLÁ DE LA IGUALDAD FORMAL DEL ART. 16 CN, A NO PERDERLO DE VISTA.
Algunos letrados se espantan como doña rosa... ¿tienen miedo de que la homosexualidad se vuelva obligatoria?