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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #48308  por V
 
HOLA A TODOS, TENGO UN AUTONOMO QUE FIGURA INSCRIPTO ASI:

CAT D: 01/76 AL 06/80 (TIENE PAGADO ALGO EN ESTE PERIODO DESPUES NO PAGO MAS)
CAT A: 07/80 AL 12/86
CAT B: 01/87 AL 07/97, ESTOS PERIODOS ME FIGURAN PRESCRIPTOS, EN ACTIV 641 FOTOGRAFO.
Y CAT B:08/97 AL 02/07 EN LA MISMA ACTIV PERO "NO PRESCRIPTO" O SEA QUE TIENE UNA DEUDA QUE PAGAR!!!.

1) EN LA SIT DE REVISTA REPETO ESTOS PERIODOS CON LA MISMA ACTIVIDAD?? ME SALE MAS CARO!!! COMO LO ARREGLO??
2) LA LEY CONSOLIDA HASTA 09/93 CON LOS PERIODOS QUE SIGUEN LE PUEDO APLICAR LA 25321???
3)TENGO QUE HACER ALGUN TRAMITE EN LA AFIP? LA BAJA SE PRODUJO PORQUE NO SE REEMPADRONO EN FEBRERO!!

BUENO DESDE YA AGRADECERIA UN MONTON UNA AYUDITA!! :D :D

 #48310  por ilvinavaleria
 
hola, mirá tenés que respetar la situación de revista original, esto es respetar las fechas y las categorías, por los periodos impagos aplica el beneficio de la ley 25321, y luego amplias por lo que necesites comprar claro está dentro de la moratoria. La baja ya se produjo en forma automática, no debes hacer nada en afip! suerte!

 #48364  por ROS55
 
Si de algo te sirve yo te diré que en un caso parecido al tuyo respeté los períodos pero no las categorías de los períodos impagos pues la cuota se me aumentaba mucho, así que cambié por 307 y me salió aprobada. Existe una resolución al respecto por la cual no es necesario respetar las categorías. Que tengas suerte.

 #48391  por V
 
hola chicas les cuento que anoche la envie, le respete las categorias y rechase el periodo despues de 09/93, la 1ºcuota me dio 299 y el resto 320, Ros55 recien hoy lei tu msje, si sabia antes lo intentaba! pero a las dos les mando un abrazo y muchissssimas gracias!!
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 #48469  por ilvinavaleria
 
ro, no podés cambiar las categorias (se de muchas que se rebotaron por eso) lo que si podes hacer en todo en el mismo sicam!

 #48546  por ROS55
 
yo cambié la categoría de muchos períodos impagos por 307 y me la aprobaron. No hay problemas con esto y además son períodos impagos y prescriptos. Leé la circular 69/06 Bastan los años de situación de revista incorporados en el SICAM por el afiliado. Me gustaría seguir escuchando opiniones pero ya les digo a mí me resultaron aprobadas.