Buenas tardes foristas, tengo una consulta. Tome el caso de un divorcio por art. 215, ya con la sentencia,a fin de proceder a la inscripcion, previamente me pidieron presente al expediente la percepcion de los honorarios y aportes de ley. He abonado todo, tasa, sobretasa, ahora me estan pidiendo los ingresos brutos. ¿me podrian indicar el monto correspondiente? ¿hay un valor fijo o es en base a los bienes? de ser asi, ¿como es el procedimiento para saber la valuacion?
Una vez que abono los ingresos brutos, ¿me deben autorizar el testimonio?
¿me podrian pasar un modelo de testimonio por divorcio?
Mil gracias y perdonen tantas preguntas!!!
Una vez que abono los ingresos brutos, ¿me deben autorizar el testimonio?
¿me podrian pasar un modelo de testimonio por divorcio?
Mil gracias y perdonen tantas preguntas!!!
La honestidad ante todo.