Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • TELEGRAMA DE DESPIDO INDIRECTO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #485945  por KELYNA
 
Consulta:
Colegas, entiendo lo siguiente, si se intima a registrar y el empleador no responde, habría que esperar 30 dias.

Pero que pasa si se intima por negativa de tareas para que aclare, se intima por salarios y rubros adeudados a la fecha, y a registar la relación laboral todo en un mismo tcl, y ese tcl el empleador no lo responde, guarda silencio.
En el caso en cuestión, el miercoles pasado vencia el plazo que la empleadora tenia para expedirse y aun mi cliente no recibio nada.-

Gracias.
 #486098  por natalia982
 
Hola...
si..... vino rechazado expreso....refuse..entonces pongo ante vuestro siliencio'???
 #486431  por GU
 
KELYNA escribió:Consulta:
Colegas, entiendo lo siguiente, si se intima a registrar y el empleador no responde, habría que esperar 30 dias.

Pero que pasa si se intima por negativa de tareas para que aclare, se intima por salarios y rubros adeudados a la fecha, y a registar la relación laboral todo en un mismo tcl, y ese tcl el empleador no lo responde, guarda silencio.
En el caso en cuestión, el miercoles pasado vencia el plazo que la empleadora tenia para expedirse y aun mi cliente no recibio nada.-

Gracias.
En este caso, existen distintas causales que habilitan el despido indirecto (negativa de tareas, salarios adeudados y falta de registracion). Desde ya que para considerarte despedido por los dos primeros motivos, no hace falta el requisito de los 30 dias, pero si para el tercero de ellos.

Como seguramente el mayor numero lo tenes con la 24013, yo no pondria en juego la procedencia de la misma sin esperar los 30 dias. Aguantate el plazo (mientras se devenga un nuevo mes de sueldo) y espera hasta el cumplimiento del plazo para darte por despedido.

Salutes!
 #486496  por natalia982
 
Hola Gu...si ya pasaron los 30 dias..pero como vino rechazado...qu epongo??? ante silencio????
 #487027  por marisc
 
Colegas,

Quisiera consultarles porque tengo un cliente que intimó por telegrama laboral y por el plazo de 30 dóas, para que el empleador lo registre debidamente, ya que es chofer de una línea de transporte de pasajeros y lo tienen trabajando como locador de servicios.

La cuestión es que intimamos al empleador de forma previa al vencimiento del contrato de locación, ya que este hombre sabía que no se lo iban a renovar más.

Mi duda nace como consecuencia de que operó el vencimiento del contrato y están corriendo los 30 días de ña 24.013, pero a mi cliente ya no le asignan tareas, es decir que no está trabajando.

¿Debería mandar otro telegrama intimando a que le asignen tareas y que me contesten si van a iniciar los trámites de AFIP, bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido?

Gracias!
 #487083  por sol0409
 
Sí. En algún momento tendrás que mencionar que la contratación fue fraudulenta o simulada (ya que lo parecía ser una locación de servicios era en realidad una relación de trabajo), toda vez que había dependencia económica, técnica y jurídica, por lo que estás comentando. En ese esquema, el contrato de trabajo todavía está vigente, con lo cual, hay que intimar a que dé tareas bajo apercibimiento de considerarse injuriado y despedido.

A todo esto, respondieron a la intimación de la 24.013? Porque si desconocen la relación laboral, ahí tenés otra causa de injuria.
 #487090  por marisc
 
Hola, gracias por responer tan rápido...

Te cuento que en el TCL anterior, mencioné que la relación que unía al trabajador con la empresa era fraudulenta e intimé a la registracion.

Eso fue hace unos 10 dias y todavía no me respondieron.

Mi preocupación era que hace unos dias se vencio el contrato de locacion y no se lo van a renovar, por eso pense en mandar otro TCL diciendo que ante la negativa a dar tareas se intima, por el plazo de 2 días hábiles, a la dacion de trabajo o aclaracion de la situación laboral, bajo apercibimiento de considerarse injuriado y despedido.

Creo que de esta manera mi cliente queda cubierto....¿no?
 #487143  por sol0409
 
Sí, por supuesto, remití un TCL mencionando la negativa de tareas. Pero además, reiterá tu TCL anterior en todos sus términos ante el silencio del empleador. Ojo con los plazos porque con las fiestas estuvo complicado. Y, por las dudas, rastreá el envío del TCL en la página del Correo. No te apures a considerarte despedida!
 #487149  por marisc
 
Vuelvo a consultarles....

A mi cliente le acaba de llegar una CD por la que rechazan un telegrama que enviara previamente, requiendo que se lo registre en los términos de la 24.013.

En la CD que le manda el empleador, lo acusan de tratar de defraudar a la empresa y reconocen la existencia del contrato de locacion de servicios que vinculó a mi cliente con la empresa.

Entonces si bien no dice expresamente que no van a registrar a mi cliente, la empresa niega la relacion laboral que invocara mi cliente en su TCL, lo acusa de tratar de defraudarla y finaliza el intercambio epistolar.

Mi consulta es si el siguiente paso es enviar un nuevo TCL en el cual me de por injuriado y despedido sin justa causa, aun cuando no pasaron los 30 dias de la 24.013.
 #487152  por sol0409
 
Habiendo desconocido la relación laboral como tal, tenés injuria suficiente para el despido. De todas maneras, lo que abunda no daña. Aprovechá para intimar a que aclaren situación laboral por la negativa de tareas y reiterar la intimación al correcto registro.