Buenas, Buenas, necesito orientacion sobre el siguiente caso. Se trata de un cliente quien hace poco mas de dos años su ex mujer se llevo a sus hijos a la pcia de Chubut, obvio sin autorizacion y sin aviso. En ese momento el señor estaba representado por dos colegas que en verdad no hicieron mucho. Previo a irse la ex mujer habia iniciado en capi una autorizacion para irse con los chicos, la cual quedo en la nada porque se fue cuando el juez aun no la habia retirado. La duda puntual es que este pobre hombre vino al estudio con una notificacion via oficio por comisaria citandolo para una audiencia en CHUBUT PARA FEBRERO (por custodia y alimentos) y es obvia la imposibilidad de asistir, como se sigue?? como notifico la imposibilidad de concurrir??. En el caso que quiera abrir un regimen de visitas donde lo sigo aca o alla ??? estoy media perdida con este tema. Desde ya gracias a quien me oriente besitos! y felicidades!!