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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #486526  por ernestoc
 
Les consulto, un divorcio de comun acuerdo en provincia, el cliente debe pagar con la regulación de honorarios el 20% de aportes más el 3,5% de ingresos brutos?? o se paga el 10% cada uno??. Aparte de esto tiene que pagar , bono, anticipo de ius (que luegi se descuenta de los aportes) tasa y sobretasa??
En capital sólo se paga el bono??
Espero alguien me pueda orientar ya que debo pasarle los gastos.
Garcias!!
 #486611  por sole10
 
ernestoc escribió:Les consulto, un divorcio de comun acuerdo en provincia, el cliente debe pagar con la regulación de honorarios el 20% de aportes más el 3,5% de ingresos brutos?? o se paga el 10% cada uno??. Aparte de esto tiene que pagar , bono, anticipo de ius (que luegi se descuenta de los aportes) tasa y sobretasa??
En capital sólo se paga el bono??
Espero alguien me pueda orientar ya que debo pasarle los gastos.
Garcias!!
El cliente abona el 10 % de aporte previsional sobre los honorarios regulados,el 10 % restante y el 3.5 % de Ingresos Brutos,en teoría,los debe abonar el letrado (digo en teoría porque hay quienes le hacen pagar todas las cargas al cliente);también podés descontar de la boleta de aportes,el anticipo de Ius;es decir,si al inicio de las actuaciones pagaste los $ 65,luego lo descontás del aporte final.
Respecto a los otros gastos fijos en Pcia.son el Bono Ley 8480,la tasa y sobretasa de justicia.
 #487788  por ernestoc
 
Gracias Sole por un divorcio de comun acuerdo. CUánto se abona de tasa y sobretasa?? es práctica común que se le cargue al cliente ingresos brutos y el otro 10% de aportes??
 #487791  por ernestoc
 
Una pregunta más, el divorcio es con homologación de acuerdo de alimentos, tenencia y visitas, por este exte teambién pago aportes , ongersos brutos, tasa , sobre tasa, etc?? Sabés cuánto regulan para poder darle un estimativo de gastos al cliente??
 #487847  por sole10
 
ernestoc escribió:Gracias Sole por un divorcio de comun acuerdo. CUánto se abona de tasa y sobretasa?? es práctica común que se le cargue al cliente ingresos brutos y el otro 10% de aportes??
En Pcia.de Buenos Aires por el juicio de divorcio,se paga un valor fijo: $ 50.-de tasa y $ 5.- de sobretasa.
No sé si es de práctica común cobrarle al cliente la totalidad de las cargas,pero hay quienes lo hacen (no es mi caso).
 #487850  por ernestoc
 
Gracias Sle, entocnes solo le paso el 10%. Y respecto a la homologacion de los convenios?? sabés cuánto regulan?? ya que yo le voy a cobrar menos por ser conocido pero quiere saber los gastos que va a atener..
 #487855  por sole10
 
ernestoc escribió:Una pregunta más, el divorcio es con homologación de acuerdo de alimentos, tenencia y visitas, por este exte teambién pago aportes , ongersos brutos, tasa , sobre tasa, etc?? Sabés cuánto regulan para poder darle un estimativo de gastos al cliente??
Sí.Además de lo que te regulen de honorarios por el divorcio,se regula por los demás ítems que componen el reclamo.
En alimentos toman como base regulatoria el valor de la cuota alimentaria multiplicada por 24,de allí estiman el 8 % de honorarios cómo mínimo (art.39,primer párrafo,DL 8904/77)
Tenencia y régimen de visitas 10 Ius,art.9,inc.6 del DL citado (valor ius honorario $ 99.-)
Obviamente que sobre todas estas regulaciones,se pagan los tributos y aportes correspondientes.
Están exceptuados del pago de tasa de justicia,según Ley 10.397,art.272,inc.5)"Las actuaciones relacionadas con...la tenencia de hijos..."
A sacar cuentas.... :D
Saludos!!!!