HOla, solo quiero hacer la consulta que me vinieron a hacer. El señor se accidentó hace un año, hay ART. Contrató un abogado, hace seis meses el señor obtiene el alta, y queria saber que hacer, es decir como quedaba su trámite ( según el señor su abogado no le explicaba el trámite, solo mandó un telegrama a la art pidiendo prestaciones). Es asi que en octubre el señor por su cuenta se pide junta en comisión médica . Va a asesorarse y le revoca el poder a su abogado; este habia iniciado una demanda de contra la art y otro...y pudo notificar solo a la art. sin tener dictamen,ahora bien el señor obtuvo su dictamen definitivo y con prestaciones. Se manejó solo con el seguro. Y me vino a ver porque queria saber si le pagaron bien o no ( hice el calculo y le hicieron el calculito del mopre...) Y pronto lo vuelven a operar.....el tema es que se puede hacer con el juicio, atento que el seguro que si esta notificado le va a pagar la diferencia y le da prestaciones.....
Mmmmmm en serio querés asesorar a ese cliente???
Tenía abogado, fue a hacerse el tramite solo, tramite en contradicción con el juicio (donde seguro cuestionaba el alta, la incapacidad, la indemnización, lo más probable el sistema mismo de ART).
Yo no me metería. Da pra chiquero.
Pero el juicio, queda cerrado por el acuerdo con la ART. Si es que no dejó a salvo algun derecho, como qeu cobraba a cuenta del juicio y demás, pero un acuerdo posterior a la iniciación del juicio va a ser presentado por la parte demandada como excepción (puede ser pago, novación, etc).