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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #48910  por vitalogy
 
hola....les quiero consultar lo siguiente ...

una empleada de una de las cadenas de cine....sufrio un ataque de panico en el lugar del trabajo , aparentemente por las condiciones de sobreexigencia en que la hacen trabajar....

Como consecuencia del ataque de panico concurrio al psicologo y este a su vez vez lo derivo al psiquiatra ... ellos afirman que el ataque fue consecuencia de las condiciones de trabajo por cuanto le dan certificados de licencia por enfermedad.....ahora bien....

hasta cuando se puede extender esta licencia x enfermedad con goce de sueldo ?...hasta que la ART determine el alta ?.....o hay 3 meses de licencia y despues se reserva el puesto de trabajo...( no estoy seguro de como es el tema...)

se puede llegar a accionar de alguna manera contra el lugar de trabajo por el daño causado ?.....


Desde ya.....gracias como siempre

*

 #48914  por dragates
 
el tiempo de la licencia dependera de la antiguedad laboral y si tiene o no cargas de familia.
Hasta 5 años de antiguedad, 3 meses si no tiene cargas y 6 meses si las tiene.
Mas de 5 años, 6 meses si no tiene cargas y 12 meses si las tiene.
Hasta aqui gozara de sueldo.
Luego tiene 1 año en los cuales no cobrará sueldo, pero si tiene derecho a que le guarden el puesto.
Espero haberte ayudado.
Saludos

 #48943  por sergiosky
 
agrego algo mas.... ese año en que le reservan el puesto de trabajo no solo no percibe remuneracion sino que ademas no se le computa a los fines de la antiguedad en caso de un futuro despido (si tiene 10 años antes de la rerserva, y luego esta un año sin percibir salario, su antiguedad es 10 y no 11). y si al cabo de la finalizacion de ese año no se reincorpora, el empleador puede rescindirle el contrato sin tener qe indemnizarle nada ya que se entiende que si no percibia salario no se le tienen en cuenta los proporcionales en el plazo de reserva, ni las vacasiones (ya que no trabajó el ultimo año) y mucho menos la antiguedad y preaviso (ya que no estamos ante un caso de despido sino de recision legal).

 #49204  por Maju
 
Hola a Todos, los leo a diario porque me encanta el derecho laboral..pero como les comente alguna vez, no soy abogada, solo un simple Lic. en RRHH.
Pero me llamo la atencion algo respecto del tema que se planteo y respondio....
Esta persona hable de ACcidente de trabajo....o enfermedad inculpable...ahi no corren los plazos de enfermedad inculpable...sino lo que la ART dictamine...pero bueno habria que determinar si es accidente o enfermedad inculpable.

Saludos a todos!
bernada
 #49205  por Maju
 
Hola a Todos, los leo a diario porque me encanta el derecho laboral..pero como les comente alguna vez, no soy abogada, solo un simple Lic. en RRHH.
Pero me llamo la atencion algo respecto del tema que se planteo y respondio....
Esta persona hable de ACcidente de trabajo....o enfermedad inculpable...ahi no corren los plazos de enfermedad inculpable...sino lo que la ART dictamine...pero bueno habria que determinar si es accidente o enfermedad inculpable.

Saludos a todos!
bernada

 #49571  por DAL
 
Asi es"!!!!! Hay que informar a la ART. Y que dictamine y luego ver en que sistema estamos: en el de ART o en el 212.
Sin embargo no creo, para no decir que estoy segura!!, no creo que le den como enfermedad laboral una stres o ataque de panico.

Podrías empezar a estudiar el tema del mobbing pero no es facil de probar.

Si la enfermedad no es laboral, estas en los plazos y terminos del 212. Es un problema toda la parte de enfermedades psicologicas y psquiatricas. Son tan incapacitantes como las dolencias fisicas, pero se prestan tanto al verso, al amigo que te firma un certificadito, que estan totalmente desacreditadas y resultan poco creibles. Asi que tenés un camino cuesta arriba!!!